La Permanente debe de incluir a disidentes; tribunal da la razón a diputados y senadores

Ambas cámaras del Congreso violaron principios de proporcionalidad y el derecho de los legisladores de ejercer su cargo

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La llamada bancada naranja subió ayer a la tribuna de la Cámara de Diputados a festejar el fallo.

CIUDAD DE MÉXICO.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ordenó al Senado establecer un procedimiento para garantizar que senadores sin grupo parlamentario o independientes puedan considerarse para la integración de la Comisión Permanente, mientras que, a la Cámara de Diputados le ordena que, en la próxima integración de la Permanente, las diputaciones de grupos parlamentarios de la minoría estén representados en el órgano bicameral. 

Lo anterior, luego de considerar que, tanto el Senado como los diputados, violaron los principios de proporcionalidad, representación efectiva, y el derecho de los legisladores de ejercer su cargo, independientemente del porcentaje de legisladores de las bancadas, o de su calidad de independientes. 

Esta decisión beneficia a las senadoras Nancy de la Sierra Aramburu, Alejandra del Carmen León Gastélum y a los senadores Germán Martínez Cázares, Emilio Álvarez de Icaza y Gustavo Madero Muñoz, todos ellos integrantes del llamado Grupo Plural, quienes fueron excluidos en “automático” de la posibilidad de integrarse a la Comisión Permanente. 

En el caso de la Cámara de Diputados, se dio la razón a las quejas presentadas por la diputada de MC y el coordinador parlamentario de ese partido, Ivonne Ortega y Jorge Álvarez Maynes, respectivamente, luego de que Ortega fuera designada por MC como representante en la Comisión Permanente y la Jucopo no la tomó en consideración, aun teniendo el nombramiento de su partido. 

Movimiento Ciudadano celebró el fallo.

“La bancada naranja derrotó a la partidocracia, tendrá representación en la Comisión Permanente”, expuso a través de su coordinador en San Lázaro, Jorge Álvarez Maynez.

El grupo parlamentario de MC recordó que cuando fueron excluidos de la Permanente se inconformaron ante una injusticia y la violación a un derecho que ayer fue reconocido.

La decisión por mayoría de votos se dio en virtud de que la Comisión Permanente es un órgano legislativo, bicameral, temporal y de decisión que, durante los periodos de receso, asume funciones de los  diputados y de los senadores. 

Conforme al principio de máxima representación efectiva, las fuerzas políticas de dichos órganos deben estar representados en la Comisión Permanente y deben integrar la Comisión de forma plural y proporcional a la representación que tengan en las Cámaras, consideraron los magistrados. 

En diciembre pasado, diversos senadores sin grupo parlamentario, así como una diputada y un diputado del partido político Movimiento Ciudadano (MC) presentaron medios de impugnación ante la Sala Superior, al considerar que se generaba una vulneración a sus derechos de representación, así como de acceso y ejercicio del cargo.  

En sesión pública, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior determinó que sí es competente para conocer de las impugnaciones presentadas, pues están involucradas afectaciones directas al derecho político-electoral de ser electo, en su dimensión de ejercicio efectivo del encargo.  

El magistrado José Luis Vargas Valdez votó en contra de ambos asuntos por considerar que, al tratarse de una definición relacionada con el funcionamiento de los órganos legislativos, la competencia no es electoral, sino que se enmarca en el ámbito del derecho parlamentario.

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