Corte valida decreto que extinguió fideicomisos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó, por unanimidad, el decreto de extinción de 109 fideicomisos y fondos públicos

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Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la NaciónFoto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó, por unanimidad, el decreto de extinción de 109 fideicomisos y fondos públicos, publicado en 2020 por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, al considerar que su desaparición no afectó las facultades de los gobiernos que lo impugnaron.

En la sesión de este lunes se declararon infundadas las controversias constitucionales promovidas por los entonces gobernadores de oposición de los estados de Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nuevo León y Tamaulipas.

El argumento principal de los recursos presentados contra el decreto fue que la desaparición de esos instrumentos financieros afectó la asignación de recursos para las entidades.

El ministro ponente, Arístides Rodrigo Guerrero García propuso declarar infundados los alegatos de los gobiernos estatales, y durante la presentación del caso reprochó a la anterior integración de la SCJN por no resolver las controversias.

Yo lo he señalado en reiteradas ocasiones, en reiteradas ocasiones, yo no caeré en la narrativa de si la anterior Corte fue buena o fue mala, pero sí lo quiero decir de manera muy clara: fue muy irresponsable, fue muy irresponsable porque fueron cuatro años en donde se cerró la instrucción en estas controversias constitucionales y no se presentó la propuesta”, dijo el ministro ponente.

El Pleno de Máximo Tribunal resolvió que la publicación de decreto no vulneró las competencias de los estados que impugnaron y, mucho menos, la división de poderes; sin embargo, hasta la fecha la SCJN no se ha pronunciado de fondo sobre la desaparición de los fideicomisos y fondos violó o no derechos humanos.

El ministro ponente explicó que la controversia constitucional no comprende calificar las políticas públicas, sino verificar el respeto a la división de poderes y al federalismo. 

“Esa explicación se contiene también en las diversas controversias constitucionales. Además, se sostiene que las demandas plantearon argumentos genéricos, sobre la consideración de las bondades que pudieran tener los fondos y fideicomisos, pero en ningún momento pusieron en evidencia la afectación a alguna atribución reconocida por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, dijo el ministro ponente.

JCS

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