Estos son los trámites a realizar cuando un ser querido muere en casa
Pese al dolor que implica la muerte de un ser querido hay que estar preparado para realizar una serie de trámites y hacer el duelo más llevadero

CIUDAD DE MÉXICO.- La muerte de un ser querido siempre será un evento inesperado que sume a los más cercanos en un profundo dolor, sin embargo hay que estar preparados para cuando ésta ocurra y saber qué trámites hacer para que el duelo sea llevadero.
¿Ya tienes tu cuenta Llave CDMX? Te decimos cómo tramitarla.
El primer paso a realizar cuando un familiar fallece en casa, es solicitar el certificado médico de defunción. Éste es emitido por personal médico con cédula profesional, puede ser quien llevaba el caso del paciente.
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En caso de que la persona muera de forma violenta o por otra circunstancia distinta a la natural se debe dar aviso al Ministerio Público para que se designe a un médico forense y se investiguen las causas del fallecimiento.
Posteriormente se debe llamar a la agencia funeraria donde se haya contratado el servicio con antelación o en el momento de la muerte del familiar, es muy importante tener a la mano el número de póliza para que se respeten los deseos del ser querido.
¿Qué deben incluir los servicios funerarios?
Es importante conocer que los servicios funerarios generalmente incluyen inhumación, trámite de acta de defunción, traslado del cuerpo, ataúd, sala de velación y carroza.
¿Qué necesito para solicitar el acta de defunción?
El Gobierno de México recuerda a la población que la orden de inhumación o incineración y el acta de defunción son documentos que emite un juez del Registro Civil.
Para realizar el trámite del acta de defunción, se debe presentar el certificado de defunción y la identificación oficial de la persona que lleva los documentos. Éste trámite es totalmente gratuito.
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IMSS e ISSSTE ofrecen ayuda de gastos funerarios.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga una ayuda para Gastos Funerarios que consiste en el otorgamiento de 60 días de salario mínimo vigente a la fecha de la defunción del asegurado.
Para tener acceso a este beneficio, la persona fallecida debió cotizar al menos 12 semanas ante el IMSS en los nueve meses previos a su muerte.
En caso de que la muerte sea por riesgo de trabajo no se requiere que el IMSS reconozca las semanas de trabajo.
¿Cómo hacer válida la prestación en el IMSS?
Presentarse a la Unidad de Medicina Familiar asignada al asegurado.
Llevar identificación oficial y copia certificada del acta de defunción, CURP o credencial del ADIMSS.
*Este apoyo se puede solicitar inmediatamente o hasta antes de que se cumpla un año de la muerte del asegurado.
¿Cómo hacer valida la prestación en el ISSSTE?
El ISSSTE también cuenta con este beneficio para los familiares de sus trabajadores. De acuerdo con la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, los familiares del pensionado tienen derecho a un pago de servicios funerarios consistente en cuatro meses de la pensión que tenía el fallecido.
En caso de que el familiar hubiese contratado un seguro de vida se debe verificar si dentro de las cláusulas existe la cobertura funeraria. Ésta regularmente incluye servicio funerario básico: asesoría telefónica, recolección del cuerpo, gestión de trámites, ataúd y/o urna, capilla de velación y traslado para inhumación o cremación.
Actualmente los servicios funerarios del ISSSTE cuentan con 7 velatorios institucionales: tres en la Ciudad de México, dos en el Estado de México, uno en Jalisco y uno más en Nuevo León.
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