Corte declara inconstitucional 'mini arraigo' en el DF

Para los magistrados, dicha figura jurídica atenta contra lo señalado en la Constitución y además que la ALDF se extralimitó en sus facultades

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Arturo Zaldívar consideró que los diputados de la ALDF, al legislar la figura de detención con control judicial, intentaron hacer “un fraude a la Constitución”.

CIUDAD DE MÉXICO, 17 de abril.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la detención con control judicial o mini arraigo en el Distrito Federal, medida que permitía retener a un sospechoso hasta por 10 días para permitir así la investigación por cualquier tipo de delito.

Para los integrantes del máximo tribunal del país dicha figura jurídica prevista en el artículo 270 bis del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal atenta contra lo señalado por la Constitución y además demuestra que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se extralimitó en sus facultades, pues la exclusividad para legislar sobre esos temas es del Congreso de la Unión.

Durante su argumentación ante el Pleno, el ministro Arturo Zaldívar consideró que los diputados de la ALDF, al legislar la figura de detención con control judicial, intentaron hacer “un fraude a la Constitución”.

Tenemos el caso de que se legisla una figura muy similar al arraigo pero se le da otra denominación para tratar, de manera poco disimulada, de salvar el criterio de la Corte para impedir, con base en la Constitución que se legisle en materia de arraigo, esto técnicamente se llama fraude a la Constitución”, sentenció Zaldívar.

En un principio, el proyecto de la ministra Olga Sánchez Cordero, proponía declarar la invalidez de la medida por ser una figura similar al arraigo y debido a que la ALDF no tenía competencia para legislar en esa materia, sin embargo, aceptó modificar su propuesta, a petición de la mayoría, para declarar la inconstitucionalidad de la disposición por tratarse de una figura no contemplada en la Carta Magna.

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