Darán programas sociales prioritarios y defensa legal a huérfanos de feminicidio
Como parte del nuevo marco legal para combatir el feminicidio, la iniciativa enviada por la Presidenta contempla la creación del primer Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), la Secretaría de las Mujeres y el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) crearán y pondrán en operación el primer Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes que queden huérfanos por el feminicidio de sus madres, establece la iniciativa presidencial para castigar con nuevos criterios el feminicidio.
“Se crea el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y en coordinación con la Secretaría, el SIPINNA, los sistemas locales para el Desarrollo Integral de la Familia, las comisiones ejecutivas de atención a víctimas federal o estatales, las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes federal o estatales, y las instituciones de procuración de justicia federal y locales, el Secretariado y los poderes judiciales de las entidades federativas”, precisa la iniciativa presidencial.
“El Registro Nacional es una herramienta estratégica de la política pública que permite fortalecer la coordinación interinstitucional, mejorar la identificación y seguimiento de los casos y contribuir a garantizar una atención integral que coloque en el centro la protección, la restitución de derechos y el bienestar de niñas, niños y adolescentes que viven en situación de orfandad por feminicidio”, define.
En el nuevo enfoque para atender el feminicidio, la iniciativa presidencial plantea que “las Procuradurías de Protección de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio les acompañarán en todos los procedimientos legales que los involucren y, en su caso, deberán asumir su defensa integral.
“Las niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio y la persona que quede a cargo de sus cuidados tendrán acceso prioritario a los programas sociales que otorgan los gobiernos federales, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México”, ordena.
El Registro Nacional, detalla, contendrá “información básica de identificación de la niña, niño y adolescente; información relacionada con los hechos; situación actual de cuidados; situación de acceso a derechos; intervención interinstitucional; evaluación de riesgo, y plan de restitución de derechos.
“La información contenida en el Registro Nacional estará sujeta a las disposiciones de confidencialidad, reserva y protección de datos personales previstas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados”, aclara.
El régimen transitorio dispone que “los lineamientos para la operación del Registro Nacional... deberán expedirse en un plazo máximo de ciento ochenta días hábiles” contado a partir de la entrada en vigor del Decreto.
Y establece que “la creación del Registro Nacional... no podrá exceder de trescientos sesenta y cinco días naturales contados a partir de la expedición de los lineamientos”.
“Para la integración del registro, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia deberá realizar un censo exhaustivo de los niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad y de sus personas cuidadoras, así como de sus necesidades, con la colaboración de las autoridades federales, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que resulten competentes”, ordena.