SCJN resolvió que no se graven recursos de Afores de trabajadores fallecidos
El Pleno de la SCJN votó en contra del proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, que pretendía gravar con impuestos los montos de las Afores de las personas trabajadoras fallecidas

Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó en contra del proyecto de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, que pretendía gravar con impuestos los montos de las Afores de las personas trabajadoras fallecidas, al ser entregados a sus beneficiarios.
En la sesión de este jueves se resolvió la contradicción de criterios 29/2025, entre el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
La Corte tenía que resolver si los recursos de las cuentas individuales que recibe el beneficiario designado por el titular de la cuenta, por fallecimiento, se consideran ingresos gravables por los que debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), al no recibir el título de herencia ni de legado.
El asunto tiene como antecedente el caso de la viuda de un trabajador en Veracruz, quien al presentar la declaración de impuestos no incluyó el monto de la Afore de su difunto esposo, al establecer que las leyes fiscales lo consideran como herencia, lo que fue impugnado por las autoridades hacendarias, y se resolvió de manera diferenciada por los Colegiados.
Raquíticos
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, calificó como contradictorio pretender gravar los montos de las Afores, a los que calificó como “raquíticos”, cuando hay herencias que pueden ser muy superiores y que, por ley no pagan impuestos.
“Advierto yo una injusticia muy fuerte en este asunto, que me lleva a votar en contra. Fíjense, en este país no se paga impuestos por herencia o legado, y se paga impuestos, o se ordena pagar impuestos, por los, seguramente, raquíticos recursos que se van a las Afores.
“Estoy seguro que el monto que tiene una Afore es infinitamente menor que la herencia que en una buena capa del país se deja de generación en generación. Estamos hablando de herencias, en algunos casos, millonarias, exentas del pago de impuestos”, manifestó el ministro Aguilar Ortiz.
La ministra Lenia Batres, quien votó a favor del proyecto, junto con la ministra ponente Herrerías Guerra y su colega María Estela Ríos, indicó que se debe cobrar impuestos al beneficiario de la Afore, por generarle un recurso que no generó con su esfuerzo.
“En este caso, como en el caso de la herencia y el legado, una persona recibe un recurso que no provino de su esfuerzo, que gana y que, en estricto sentido, reproduce desigualdades sociales.
“Yo creo que debe gravarse, pero no, yo creo que nosotros no deberíamos legislar exentando donde no dice la ley, exentando de ISR, donde no está expresamente previsto; nosotros deberíamos de buscar que la aportación de esta Corte tendiera a generar más distribución de riqueza en lugar de más concentración, y esa distribución sucede cuando se pagan impuestos por quien no genera la ganancia”, dijo la ministra Batres.
Al rechazarse el proyecto con seis votos, el asunto se retornó al ministro Giovanni Azael Figeroa, quien deberá elaborar uno nuevo con el criterio de la mayoría.