SCJN niega amparo a Google en caso por prácticas monopólicas
Se mantienen los criterios que originaron una multa de más de 2.3 millones de pesos contra la firma por opacidad en una investigación de prácticas monopólicas, en el procesamiento de pagos para apps

En el marco de una investigación por posibles prácticas monopólicas, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a la empresa de tecnología Google, que impugnó el plazo de 10 días establecido en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para la entrega de información requerida.
Debido a que la empresa no entregó la información que se le solicitaba, por el margen de tiempo establecido y que se le negó una prórroga, se le impuso una multa de 2 millones 340 mil 979.74 pesos.
En la sesión de este martes se resolvió el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, en el que se confirmó la constitucionalidad del artículo 73 de la LFCE, en el que se establecen los 10 días para la entrega de información requerida por la Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) y que pueda ampliarse, por única ocasión, hasta por diez días más, cuando la causa lo justifique.
“El plazo de 10 días prorrogable, una vez en función de la complejidad o el volumen de información, guarda una relación racional con esa finalidad, pues se articula con el período de investigación previsto en el artículo 71 de la propia ley, de modo que pretender prórrogas indefinidas vaciaría de contenido el período de investigación”, planteó el ministro ponente Espinosa Betanzo.
De acuerdo con los antecedentes de este caso, la desaparecida Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), ahora CNA, en 2022 inició un procedimiento en contra Google ante presuntas prácticas monopólicas relacionadas con el procesamiento de pagos para aplicaciones móviles.
Entonces, se solicitó información a Google en enero de 2025, pero el plazo se venció, junto con la única prórroga permitida, por lo que Google solicitó un nuevo plazo, lo que fue rechazado por la autoridad, imponiendo la multa por más de 2 millones de pesos.
La empresa impugnó esa medida y presentó un amparo, argumentando la inconstitucionalidad de la medida, sin considerar la complejidad y volumen de la información solicitada.
En su resolución, el Pleno de la SCJN ordenó devolver el expediente al Tribunal Colegiado para que determine si hubo arbitrariedad en la multa y el requerimiento de información.