Profepa clausura construcción de una presa en  Oaxaca

La Profepa impuso la clausura temporal total de las obras y actividades del proyecto “Construcción de presa para captación de agua pluvial” en Oaxaca

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La presa se ubica en el municipio de Santa Catarina Minas, OaxacaFoto: Especial

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso la clausura temporal total de las obras y actividades del proyecto “Construcción de presa para captación de agua pluvial” en el estado de Oaxaca. 

El proyecto está ubicado en el paraje “Los Copales del Cerro Viejo”, perteneciente al municipio de Santa Catarina Minas, región de Valles Centrales, y fue clausurado por no contar con la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Asimismo, “representa un riesgo inminente de desequilibrio ecológico en afecta una superficie de cuatro mil 437 metros cuadrados”, informó la institución.

A través de una comunicación expuso que esta medida precautoria se aplicó después de una visita de inspección desarrollada por su personal en atención a una denuncia ciudadana.

El personal de la Profepa verificó la ejecución de obras en una superficie total de cuatro mil 437 metros cuadrados, correspondientes al proyecto efectuado por el municipio de Santa Catarina Minas”, señaló. 

 Detalló que entre las irregularidades detectadas, se encontró la apertura de una brecha de acceso de 790 metros lineales y un ancho promedio de 3 metros, equivalente a una superficie de dos mil 370 metros cuadrados, donde se efectuaron trabajos de desmonte y despalme de la vegetación natural.

 Además, precisó que se constató la construcción de una obra hidráulica consistente en una presa de captación de agua pluvial en etapa de operación y mantenimiento en una superficie de dos mil 067 metros cuadrados.

Por esto, subrayó que determinó imponer como medida de seguridad la clausura temporal total del sitio inspeccionado, porque estas obras y actividades se realizaron sin la autorización correspondiente y por estar consideradas dentro de los supuestos establecidos en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como en el artículo cinco de su Reglamento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

 De esta manera, dijo que ha iniciado el procedimiento administrativo correspondiente y será sustanciado conforme a derecho para determinar las responsabilidades y las medidas que procedan.

 La institución dijo que la autorización en materia de impacto ambiental es un requisito indispensable para prevenir daños a los ecosistemas y garantizar el desarrollo de las obras bajo criterios de sustentabilidad.

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El proyecto fue clausurado por no contar con la autorización en materia de impacto ambiental de la SemarnatFoto: Especial

JCS

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