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Nacional

CNDH reabre caso Ayotzinapa... y viola su propio reglamento

Rosario Piedra Ibarra, titular del órgano autónomo, firmó un acuerdo para que se vuelva a investigar la desaparición de los 43 normalistas hace 7 años en Iguala.

Andrés Becerril | Ciudad de México | 02-12-2021
Los familiares y amigos de los 43 siguen exigiendo justicia a más de 7 años de su desaparición.

Rosario Piedra Ibarra, presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió un acuerdo por el cual el caso Ayotzinapa —concluido con una recomendación, la 15VG/2018— fue reabierto.

Ayer miércoles comenzó a funcionar la Dirección Especial para el caso Ayotzinapa, adscrita a la Dirección General de la Primera Visitaduría de la CNDH, en el décimo piso del edificio alterno de la sede de ese órgano autónomo, en un hecho inédito en la historia de la CNDH.

De acuerdo con el artículo 108 del Reglamento Interno de la CNDH, el orden jurídico (la ley y el reglamento) que rige la actuación del organismo nacional de derechos humanos prohíbe reabrir expedientes y casos en los que se determinaron violaciones a derechos humanos.

El reglamento de la Ley de la CNDH sólo prevé reabrir un expediente de queja cuando se haya concluido (cerrado) sin que se haya determinado la violación a Derechos Humanos, es decir, casos en los que no se haya dictado una recomendación.

No obstante, el 18 de octubre, Piedra Ibarra emitió el “Acuerdo de la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por el cual se apertura un nuevo expediente de queja sobre nuevos hechos y elementos respecto a la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa, Guerrero”, de la cual Excélsior tiene copia.

La reapertura del caso por parte de la CNDH se basó, según el acuerdo firmado por Piedra Ibarra, a que el 24 de junio de 2021 el comité de madres y padres de los 43 normalistas desaparecidos, presentaron un escrito ante el organismo público autónomo, “solicitando la apertura de un nuevo expediente de queja sobre el caso Ayotzinapa y manifestaron su inconformidad con el contenido de la recomendación 15VG/2018, por ser revictimizante, en agravio, tanto de los estudiantes normalistas rurales, como de sus madres, padres y familiares”.

Nuevos elementos del caso Ayotzinapa

Pero también se lee en el Acuerdo, por “las recomendaciones y comunicaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, así como a los nuevos hechos y elementos del caso”.

La elaboración de una nueva investigación por parte de la CNDH, contempla, necesariamente la construcción de una verdad diferente a la planteada en la narrativa que ha sido consultada por investigadores, académicos, periodistas en la recomendación de la CNDH, a partir de los documentos e indagatorias realizadas durante años.

El documento de la CNDH presentado a la opinión pública el 28 de noviembre de 2018, consta de 2 mil 178 páginas, más anexos. Es considerado por muchos la verdad de los hechos ocurridos entre la noche del 26 y la madrugada del 27 de septiembre de 2014, cuando desaparecieron 43 normalistas de Ayotzinapa, a manos del grupo criminal Guerreros Unidos en contubernio con policías municipales.

La titular de la CNDH, también ampara la reapertura de las investigaciones de esa dependencia, basada en que “derivado de los trabajos de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia en el caso Ayotzinapa (CoVAJ-Ayotzinapa) se ha obtenido nueva información relativa a presuntas violaciones a los derechos humanos”.

De acuerdo con algunos expertos consultados sobre este acuerdo de la titular de la CNDH, que hasta esta publicación no se había hecho del conocimiento de la opinión pública, los contenidos constitucionales, legales y reglamentarios son desdeñados e ignorados en la CNDH. Materialmente, apuntan, se “legisla” sin facultades y se crean disposiciones a modo que ayudan al autoritarismo a salvar lo que perciben como obstáculos impuestos por el Estado de Derecho.

En este acuerdo se dispone la creación de la Dirección Especial para el Caso Ayotzinapa, adscrita a la Dirección General de la Primera Visitaduría General. El 29 de enero de 2020, se publicó el Acuerdo de la Presidencia de la CNDH por el que se deja sin efectos el Acuerdo de creación de la Oficina Especial para el caso Iguala, de fecha 18 de diciembre de 2014.

Un año y diez meses después la misma Piedra Ibarra le da un mayor realce al caso: desapareció una Visitaduría -Oficina Especial- y creó una Dirección de Área, que, desde ayer, 1 de diciembre cuenta ya para empezar a funcionar con un espacio físico en el piso 10 del edificio anexo a la sede del órgano autónomo en el sur de la Ciudad de México. Hasta el momento no se conoce quién es su titular y quiénes sus miembros.

Originalmente, el trabajo sobre el caso Ayotzinapa en la administración de Piedra Ibarra recayó en José Martínez Cruz, quien fue nombrado por Piedra Ibarra como Primer Visitador. Por diferencias de criterio Martínez Cruz fue despedido; su principal línea de investigación del caso era la participación de elementos del Ejército mexicano en los hechos.

En septiembre de 2020, Excélsior obtuvo el borrador preliminar de una investigación de la CNDH —de 294 hojas— coordinada por Martínez Cruz, donde el órgano autónomo demandaba de forma “urgente” a la Fiscalía General de la República “que se les practique análisis genético” a 538 fragmentos óseos que tiene clasificados “con probabilidad de que correspondan a los (43) normalistas desaparecidos” en Iguala.

“Lo más importante por el momento es encontrar el destino final de los normalistas desparecidos”, señala una investigación especial del órgano autónomo.

En ese trabajo ya se contemplaba “una nueva recomendación para intervenir con toda la fuerza institucional ante la determinación de violaciones grave de derechos humanos”. Sin embargo, quedó inconcluso el trabajo y ahora Martínez Cruz tiene procesos administrativos y penales abiertos por parte de la CNDH.

Personal que conoce con lujo de detalle los documentos de la CNDH y que fueron consultados para entender la profundidad en el alcance de este acuerdo, comentaron que como “fundamento legal” para emitir dicho acuerdo el texto de éste cita un artículo -el artículo 108 Bis del reglamento interno de la CNDH-, hasta este momento desconocido e inexistente en “la conciencia jurídica”; esa modificación se mantuvo en secreto.

Esa modificación, si existe, ocurrió en total silencio; públicamente no se conoce un acuerdo en ese sentido. Todo hace ver que la presidenta de la CNDH modificó a su gusto el reglamento de la Comisión para poder actuar a en una dirección distinta a las investigaciones del caso realizadas por la CNDH en el caso Iguala, con lo cual no es lejano que con le reapertura el objetivo sea intentar desacreditar y desconocer la investigación y la recomendación emitida previamente.

Con el nuevo artículo 182 Bis, Piedra Ibarra creó un dispositivo que le autoriza reabrir ese y cualquier otro caso sin importar que ya se hayan determinado violaciones a Derechos Humanos y emitido la recomendación correspondiente. Incluso en la disposición ad hoc la CNDH quedará autorizada a emitir una nueva recomendación.

De acuerdo con la entidad consultada, la modificación hecha es una “monstruosidad”, viola el orden jurídico y atenta contra la Constitución, la ley y el reglamento de la CNDH; además carece de legitimación y, por tanto, es nulo de pleno derecho.

Toda vez, que, aseguró, el artículo 19, fracción II de la Ley de la CNDH y el artículo 40 del reglamento interno del organismo establecen que es facultad exclusiva del Consejo Consultivo de la CNDH emitir y modificar el reglamento.

En este punto hay que recapitular en el hecho de que prácticamente desde el inicio de la gestión de Piedra Ibarra al frente de la CNDH, en protesta por su nombramiento -la votación en el Senado de la República-, la mayoría de los miembros del Consejo Consultivo renunciaron al cargo y, meses después, otros integrantes de dicho Consejo concluyeron su encargo. Hasta hace algunos meses había en funciones una sola consejera que luego terminó su gestión.

El punto en este tema es que debido a que el Senado de la República no ha nombrado como debió de haber sucedido ya a los nuevos miembros del Consejo Consultivo, materialmente dicho órgano no existe pues no hay ningún consejero en Funciones, de los 10 que deben integrarlo.

 

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