Corte ampara a niño al que se le negó reinscripción en secundaria

Los ministros determinaron que la institución privada incurrió en un acto de discriminación contra el menor que padece Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad

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Los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal del país avalaron la resolución del Conapred, quien ordenó al colegio pagar la reparación del daño al padre – Foto: Cuartoscuro

CIUDAD DE MÉXICO.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un adolescente al que un colegio privado le negó la reinscripción a segundo año de secundaria por presentar Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH) lo que provocó que la escuela ejerciera su derecho de reserva a prestar el servicio educativo.

A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, los integrantes de la Segunda Sala del máximo tribunal del país avalaron una resolución del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) que ordenó al colegio pagar la reparación del daño al padre del joven.

La institución educativa, previo a tomar la medida drástica de la denegación total del servicio educativo al menor, debió agotar otras acciones, planes o estrategias que, al menos, permitieran dilucidar si era posible atender de manera inclusiva la situación particular del educando derivado de su TDAH, antes de optar por su exclusión total del plantel educativo”, concluyeron.

Al resolver el amparo directo 31/2018, se determinó que la institución educativa de carácter privado incurrió en un acto de discriminación, pretextando para ello que el menor era indisciplinado y que "no era la escuela adecuada para recibirlo dado que, por su discapacidad, requiere acudir a una escuela especial".

jcp