Clausuran 6 desarrollos inmobiliarios construidos de manera ilegal en Cabo Pulmo, BCS
La Profepa colocó sellos de clausura a estos desarrollos por no contar con la autorización federal en materia de impacto ambiental.

Derivado de un operativo en materia de impacto ambiental, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso seis clausuras temporales totales a desarrollos inmobiliarios construidos de manera ilegal dentro del Parque Nacional Cabo Pulmo, en Baja California Sur.
Del 16 al 25 de febrero, la Profepa, con apoyo de la Guardia Nacional, atendió denuncias ciudadanas relacionadas con afectaciones a la zona costera dentro y en las inmediaciones del polígono del área natural protegida.

Como resultado de estas acciones, se colocaron los sellos de clausura en los desarrollos denominados: “The Last Place”, con una superficie de 1.19 hectáreas; “La Ribera”, con 1.12 hectáreas; “Costa Coral”, con 24.9 hectáreas; un desarrollo sin nombre, con 15.7 hectáreas; “Club de Playa Las Barracas”, con 14.2 hectáreas; y otro predio cercado, con una superficie aproximada de 0.23 hectáreas.
“En todos los casos se constató la realización de obras, delimitación perimetral mediante cercas o bardas y cambio de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de matorral sarcocaule (característico de Baja California Sur), sin contar con la autorización federal en materia de impacto ambiental”, destacó.
La Profepa señaló que en otros dos sitios no se detectaron obras ni actividades de competencia federal, por lo que únicamente se levantaron las actas circunstanciadas correspondientes.

Parque de Cabo Pulmo, patrimonio mundial
El Parque Nacional Cabo Pulmo fue creado el 6 de junio de 1995 por decreto presidencial y cuenta con una superficie de siete mil 111 hectáreas que comprenden zona marina y terrestre. Se trata del único sistema arrecifal del Golfo de California o Mar de Cortés y es reconocido como Patrimonio Mundial por la Unesco.
Debido a su alto valor ecológico, cualquier obra o actividad que pueda generar desequilibrios ecológicos debe someterse previamente al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Federal, conforme a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento (LGEEPA).

Los inspeccionados cuentan con cinco días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga respecto de los hechos asentados en las actas administrativas. Una vez analizados sus argumentos y la documentación que presenten, la autoridad ambiental determinará lo conducente e instaurará los procedimientos correspondientes.
“La Profepa dará seguimiento puntual a estos casos con el fin de asegurar la protección del ecosistema costero y, en su caso, ordenar la restitución de los sitios a su estado original cuando así proceda”, manifestó.
vjcm
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