Corte revisará exámenes de personalidad en prisiones de CDMX
Organizaciones han considerado que los estudios clínico-criminológicos y de personalidad violan el derecho humano a la no discriminación

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó reasumir la revisión sobre la constitucionalidad o no de la aplicación de los estudios clínico-criminológicos y de personalidad, para las personas privadas de la libertad en centros de reinserción social de la Ciudad de México.
Con siete votos a favor y los votos en contra de la ministra Yasmín Esquivel Mossa y el ministro Irving Espinosa Betanzo, se deberá determinar si estas prácticas vulneran los derechos, como el principio de no discriminación y a la reinserción social.
La organización Documenta, Análisis y Acción para la Justicia Social A.C. promovió un juicio de amparo en revisión 21/2025, que le fue negado por lo que presentó el recurso de reasunción de competencia 42/2025, con el argumento de que estas evaluaciones estigmatizan a las personas por “clasificar” su nivel de “peligrosidad”.
Lista completa
En el nuevo esquema de trabajo del Pleno de la SCJN, para resolver asuntos los miércoles, que en la anterior época estaba dedicado a los trabajos de las Salas, en esta sesión se desahogaron 23 proyectos, sin dejar pendientes asuntos enlistados.
Se votaron nueve solicitudes de ejercicios de la facultad de atracción, tres solicitudes de reasunción de competencia, tres amparos directos en revisión, cinco recursos de reclamación y tres denuncias de incumplimiento por aplicación de normas o actos declarados inválidos en la controversia constitucional, estos últimos relacionados con una queja promovida por el municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León.
En la votación en particular de la solicitud de reasunción de competencia, el Pleno del Máximo Tribunal resolvió, por mayoría, atraer el asunto para turnado a la ponencia de alguno de sus integrantes, quien deberá preparar un proyecto para presentarlo en próximas fechas.
En sus argumentos, la organización quejosa manifestó que los estudios clínico-criminológicos y de personalidad violan los derechos humanos a la no discriminación y a la reinserción social, establecidos en los artículos 1° y 18 constitucionales.
Resultan contrarios al derecho penal del acto y buscan permitir a la autoridad ejercer una discriminación por características personales, incluyendo preferencias sexuales, discapacidad y criminalidad”, se explicó en la impugnación.
*DRR*
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