Ponen lupa a pipas de gas para evitar tragedias: harán revisiones diarias e integrales
En apego a la nueva norma, se deben realizar inspecciones de tanque, respetar el tope de llenado y tener gobernador de velocidad, entre otras medidas. Conoce las demás reglas de seguridad.

Inspecciones diarias y pruebas a los recipientes no desmontables para verificar la integridad mecánica de los vehículos de distribución de gas LP contempla la nueva Norma Oficial Mexicana de Emergencia (NOM) publicada por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA).
La norma tiene el propósito de prevenir riesgos e incidentes como la explosión de una pipa ocurrida el 10 de septiembre de 2025 en el Distribuidor Vial La Concordia, en Iztapalapa.
Con el firme propósito de prevenir riesgos y accidentes durante el traslado de gas LP hacia su venta a personas usuarias finales”, indicó la agencia.
Las inspecciones diarias a cargo de las autoridades federales deberán contemplar que el recipiente no tenga abolladuras, protuberancias, incisiones o cavidades.
Que no existan fugas en coples, válvulas, mangueras, bombas, entre otros elementos. Que los indicadores de presión, temperatura y nivel estén sin fugas y funcionando.
No se deberá exceder 85% de la capacidad del recipiente. También se revisarán las cabinas, frente, parte posterior, inferior y laterales de los vehículos. Luces, defensas, letreros, señales y avisos, en buen estado, entre otros aspectos.
La NOM -EM-009-ASEA-2026 Distribución de Gas Licuado de Petróleo por medio de Autotanque y Vehículo de Reparto también contempla revisión de las válvulas, los equipos y accesorios, el expediente de integridad por unidad, contar con gobernador de velocidad por computadora o módulo limitador de velocidad por señal de pedal y capacitación teórico-práctica para los operadores, entre otras medidas.
Establece las especificaciones técnicas y requisitos de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente que deben cumplir las personas reguladas que realicen la actividad de distribución de gas L.P. por medio de autotanque y vehículo de reparto”, indicó la ASEA.
Otros aspectos que contempla la NOM son la obligatoriedad de que el vehículo de reparto cuente con un cartel de identificación, cada unidad de distribución deberá contar con un extintor portátil a bordo de al menos nueve kilogramos de polvo químico seco; martillo con cabeza de goma, hule o caucho; cinta estática capaz de llegar al piso, lámpara de mano y calzas para inmovilización, así como letreros portátiles preventivos a bordo para su uso durante la operación de descarga de autotanques.
Con la publicación de la NOM —que entró en vigor esta semana y tiene una vigencia de seis meses— se busca fortalecer la regulación vigente y garantizar la seguridad de la población, de los trabajadores del sector y la protección al medio ambiente y que las instalaciones de hidrocarburos operen de forma segura.