TEPJF confirma destitución de cuatro consejeros electorales en Michoacán
Los funcionarios incurrieron en una falta grave al vulnerar el principio de legalidad y asumir atribuciones exclusivas del Congreso de Michoacán para designar a un encargado de despacho en el Órgano Interno de Control

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la remoción de cuatro consejerías del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), sanción impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al considerar que incurrieron en una falta grave al invadir atribuciones exclusivas del Congreso estatal.
Por unanimidad, las magistraturas respaldaron la resolución del INE y concluyeron que las consejerías removidas actuaron sin facultades legales al designar a la persona encargada del despacho del Órgano Interno de Control del instituto, una competencia que corresponde únicamente al Poder Legislativo de Michoacán.
Durante la sesión, el magistrado ponente Felipe Fuentes Barrera destacó que se trata de un caso inédito, pues es la primera ocasión en que el INE remueve a más de la mitad de las personas integrantes del máximo órgano de dirección de un instituto electoral local por causas graves.
"Lo que está en juego es la permanencia de los integrantes de un órgano autónomo", afirmó, al señalar que la decisión trasciende la situación jurídica individual de las consejerías, ya que compromete la estabilidad y el funcionamiento de una institución encargada de organizar las elecciones.
El magistrado sostuvo que las autoridades electorales solo pueden ejercer las atribuciones que la Constitución y la ley les confieren expresamente, por lo que una necesidad institucional no puede justificar asumir competencias reservadas a otro poder.
"La existencia de una necesidad institucional no puede configurar una fuente legítima de facultades", subrayó.
La Sala Superior consideró que la actuación de las consejerías vulneró el principio de legalidad, así como la autonomía e independencia del Órgano Interno de Control, cuya designación corresponde al Congreso local como parte del sistema constitucional de combate a la corrupción.
Además, determinó que las supuestas violaciones procesales alegadas por las consejerías no afectaron su derecho de defensa y que la resolución del INE estuvo debidamente fundada y motivada.
Tras la sentencia, corresponderá al INE ejercer sus atribuciones para designar a las personas que ocuparán las vacantes, con el objetivo de garantizar el adecuado funcionamiento del Instituto Electoral de Michoacán de cara al proceso electoral de 2027.