Ven claroscuros en reforma electoral judicial

El CNLE respaldó separar la elección judicial de los comicios de 2027, pero advirtió riesgos por revocación de mandato y mayor control político.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sometió ayer a discusión las últimas impugnaciones en contra de la validez de las elecciones judiciales.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

El Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE) destacó como positivo de la reforma electoral en materia judicial el cambio de fecha de la elección, pero alertó que es un riesgo permite que la revocación de mandato se celebre el mismo primero domingo de junio de 2028.

Impulsor ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de un ajuste para impedir que las elecciones federales y de gobernadores de 2027 se empalmaran con las de jueces y magistrados, el CNLE hizo un análisis de la iniciativa presidencial que la próxima semana votará el Congreso, enfatizando que la separación elimina el problema de que los partidos intervinieran en un proceso cuyo mandato constitucional obliga a no hacerlo. 

Alertan además de los riesgos que conlleva la ampliación del periodo en funciones de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral hasta 2028, recordando que “se ha extendido ya en tres ocasiones, lo cual es incongruente con el propio mandato constitucional”.

Destacan la importancia de que se amplíe el plazo para que los Comités desarrollen el proceso de elección de candidaturas y el hecho de que la iniciativa establezca un mayor periodo para analizar los perfiles de los aspirantes. 

No obstante, señala como un riesgo el mayor control político que propicia la creación una comisión coordinadora integrada por las personas titulares de cada comité, cuyas funciones serán verificar el cumplimiento de requisitos y establecer criterios, metodologías homologadas de evaluación y exámenes de conocimientos.

Para Litigio Estratégico, resulta insuficiente la medida por no haber planteado elementos mínimos de especialización, lo que, consideran, abre la puerta a discrecionalidad.

Evalúan como positivo el cambio que disminuye el número de candidatos “haciendo el proceso más fácil”, pues cada poder (ejecutivo, legislativo y judicial) postulará dos personas para cada cargo. 

En ese mismo sentido califican la medida que elimina la facultad del INE de asignar cargos de manera alternada entre hombres y mujeres; ya que, destacan, la paridad de género quedará garantizada desde la etapa de postulación paritaria a cargo de cada Poder. Eso, indican, “evita conflicto al dar a conocer los resultados de la votación y evita litigiosidad”.

Pero ve un riesgo en el hecho de que habrán de vincularse las candidaturas con el poder que las postula, así como el ajuste legislativo que permitirá que las casillas se ubiquen en los mismos lugares que las elecciones ordinarias y el cómputo se realice ahí, prohibiéndose la presencia de representantes de partidos políticos.

“Es un riesgo por la complejidad para la organización de la elección y por la imposibilidad operativa de separar a los partidos políticos”.

En cuanto a la creación de dos secciones al interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para organizar sus trabajos, consideran que es un cambio que permitirá que la institución realice su trabajo de manera más eficiente. 

Cuestionan el que la reforma prevea que la persona juzgadora que pretenda contender por un cargo de elección judicial distinto al que ocupa deberá presentar renuncia irrevocable antes de su registro como candidata, toda vez que, indica Litigio Estratégico, ello “restringe el derecho a ser votado y el derecho al trabajo, al limitar la movilidad en el Poder Judicial de la Federación.

En cuanto al mantenimiento de la evaluación por parte del Tribunal de Disciplina de las personas juzgadoras electas durante su primer año de gestión, al tiempo que se plantea la obligación de capacitarlas de manera permanente a través de la Escuela Nacional de Formación Judicial, esta plataforma especializada la califica como un riesgo, porque “continúa el control (del Tribunal) sin criterios claros para la evaluación y no otorga facultades sustanciales a la escuela judicial”.

Respecto a la homologación de la elección judicial federal y estatales, se indica que, si bien esto reduce el control de los gobernadores en los procesos locales, se restringe la autonomía constitucional de los estados.

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