TEPJF: Instituto electoral de NL no está obligado a regular pre-pre campañas

Confirman decisión de ese órgano electoral ante queja de Movimiento Ciudadano.

Durante la sesión de este miércoles del TEPJF las magistraturas consideraron que el apoyo de Jorge Álvarez Máynez a Grecia Quiroz, no son actos anticipados de campaña.
TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León no está obligado a reproducir en sus lineamientos para el proceso electoral 2026-2027 las medidas que estableció hace tres años para vigilar los llamados procesos políticos o equivalentes, conocidos como “pre-pre-campañas”.

Al analizar una impugnación de Movimiento Ciudadano, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón coincidió con la confirmación de la sentencia, pero anunció un voto concurrente porque consideró necesario profundizar en el análisis sobre una posible regresión en la protección de los derechos político-electorales.

Explicó que los lineamientos aprobados para la elección de 2023-2024 incluían avisos sobre la realización de estos procesos, monitoreo de encuestas y restricciones para personas servidoras públicas.

Sin embargo, señaló que la desaparición de esas disposiciones no demuestra, por sí misma, que haya disminuido sustancialmente la protección de los derechos.

Rodríguez Mondragón advirtió que los mecanismos para sancionar infracciones y las medidas preventivas cumplen funciones distintas y complementarias.

No obstante, concluyó que, en este caso, no se acreditó que retirar los controles anteriores impidiera a las autoridades ejercer sus atribuciones legales.

Respecto a la fiscalización de los recursos utilizados en estos procesos, precisó que esa facultad corresponde exclusivamente al Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que no compete al organismo local establecer de manera autónoma esas reglas.

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