Logo de Excélsior                                                        
Nacional

Semarnat publica nuevo Reglamento Interior; se queda sólo con dos Subsecretarías

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que expide su Reglamento Interior.

Ernesto Méndez | 27-07-2022
Oficinas de la Semarnat
Foto: Ernesto Méndez

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que expide su Reglamento Interior que formaliza la desaparición de la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, - sin titular desde hace tres años -, y que en su momento fue el pilar del sector, ya que de ella dependía la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), y la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA).

De esta forma, sólo quedan dos Subsecretarías, la de Planeación y Política Ambiental, que ahora es la Subsecretaría de Política Ambiental y Recursos Naturales encabezada por Iván Rico López, exdirector de Vinculación Interinstitucional de la Secretaría de Bienestar.

Así como la de Fomento y Normatividad Ambiental, que se convirtió en la Subsecretaría de Regulación Ambiental, en manos de Alonso Jiménez Reyes, quien fuera titular de la Unidad de Administración y Finanzas de la Secretaría de Bienestar.

En el nuevo Reglamento Interior de la Semarnat, la Dirección General de Políticas para la Acción Climática, asume las mismas atribuciones que el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), desaparecido en la práctica por instrucciones presidenciales, pero que formalmente no se puede derogar sin una reforma a la Ley General de Cambio Climático.

El titular de la Dirección General de Políticas para la Acción Climática es Agustín Ávila Romero, exdirector general de Opciones Productivas de la Secretaría de Bienestar, encargado del Programa Sembrando Vida.

El decreto también formaliza la desaparición de las delegaciones en los estados y crea las representaciones bajo el mando de la Unidad Coordinadora de oficinas de representación y gestión territorial.

La persona Titular de la Oficina de Representación tiene la representación de la Secretaría para ejercer las atribuciones que este Reglamento le confiere a su unidad administrativa, así como para desempeñar las funciones que directamente le encomiende la persona Titular de la Unidad Coordinadora de Oficinas de Representación y Gestión Territorial, previo acuerdo con la persona Titular de la Secretaría, respecto de su ámbito territorial de competencia", establece.

A pesar de que en el proyecto de decreto del nuevo Reglamento Interior no aparecían la Conagua ni la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), porque al ser órganos desconcentrados, "ejercerán las atribuciones que se señalen en su propio Reglamento Interior y demás disposiciones jurídicas aplicables", en el documento publicado hoy en el DOF, ya están nuevamente incluidos dentro de los lineamientos de la Semarnat.

 

Visita nuestra Última hora

jcs

Te recomendamos

Tags

Comparte en Redes Sociales