SCJN elimina facultad de Sansores para autorizar obras en Campeche

La SCJN invalidó artículos de la Ley de Obras Públicas que facultaban a Layda Sansores para autorizar obras.

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Por unanimidad, la Corte eliminó la facultad de la gobernadora de Campeche para aprobar obras sin aval municipal.Michael Balam Chan

Por unanimidad de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó el proyecto con que se invalidaron artículos de la Ley de Obras Públicas de Campeche, que facultaban a l a gobernadora de la entidad, Layda Sansores, para autorizar obras que considere de alto impacto, sin autorización de los municipios. 

El municipio de Campeche, a través de su presidenta municipal, Karen Rabelo, de Movimiento Ciudadano (MC), promovió la controversia constitucional 284/2024, en contra de los artículos 2, último párrafo; 141 Bis y segundo Transitorio, de la Ley de Obras Públicas de la entidad, cuyo proyecto fue elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo. 

La norma impugnada facultaba al titular del Poder Ejecutivo de Campeche a clasificar lo que se definió como obras públicas de interés estatal “de gran impacto”, por lo que se les exentó de la obtención de licencias de los municipios involucrados. 

Resolución de la SCJN sólo beneficia al municipio de Campeche

Durante la discusión del proyecto, el ministro presidente del Máximo Tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, afirmó que es necesaria la colaboración de los diferentes órdenes de gobierno en la realización de obras. 

"No cabe en mi pensamiento que exista una obra estatal de gran impacto, que no sea de interés municipal... es necesaria la coordinación entre ambos órdenes de gobierno”, dijo el ministro presidente. 

"Los preceptos impugnados no establecen bases generales o lineamientos de coordinación, sino que elimina la intervención municipal en la autorización de obras públicas de gran impacto, trasladando la decisión exclusivamente a la Gobernadora de Campeche, impidiendo que los municipios puedan ejercer su potestad de regular y controlar las construcciones en su territorio", planteó el ministro Espinosa Betanzo, en su proyecto. 

La invalidez de la norma impugnada fue aprobada por unanimidad, y sólo lo beneficiará al municipio de Campeche, que promovió la controversia.