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Productores mexicanos pierden batalla para impedir ingreso de papa de EU

Ministros de la SCJN desecharon dos amparos promovidos por asociaciones de productores del tubérculo en el norte del país, quienes argumentaron aspectos de protección fitosanitaria

David Vicenteño/Foto: Pixabay | 28-04-2021
Los productores de papa mexicanos perdieron la batalla para impedir el ingreso de este producto fresco de Estados Unidos, al ser revocado el amparo que los protegió durante tres años.
Los productores de papa mexicanos perdieron la batalla para impedir el ingreso de este producto fresco de Estados Unidos, al ser revocado el amparo que los protegió durante tres años.

CIUDAD DE MÉXICO. Los productores de papa mexicanos perdieron la batalla para impedir el ingreso de este producto fresco de Estados Unidos, al ser revocado el amparo que los protegió durante tres años, durante la sesión de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por unanimidad, los ministros integrantes de la Sala desecharon dos amparos promovidos por asociaciones de productores del tubérculo en el norte del país, quienes argumentaron aspectos de protección fitosanitaria.

En su resolución, la Sala determinó que autoridades administrativas especializadas del Gobierno Federal, y el presidente de la República, tendrán en sus manos la facultad de autorizar el ingreso del producto.

El ministro ponente Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso negar el amparo a los productores mexicanos, quienes impugnaron la emisión del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

En Primera Instancia, el juez Séptimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, José Francisco Pérez Mier, otorgó un amparo a productores de la entidad, resolución que tuvo efectos generales y frenó la importación de papa fresca de Estados Unidos al territorio nacional, desde 2018.

En su resolución, el juez ordenó incluir las medidas fitosanitarias para mitigar el riesgo de importación del producto, lo que ponía en riesgo la soberanía y seguridad nacional, además del derecho a la alimentación.

El juez Pérez Mier argumentó las repercusiones que tendría el ingreso y dispersión de plagas cuarentenarias en territorio nacional, lo que provocaría la inminente desaparición de los productores de papa en el país.

Ante la trascendencia del caso, la SCJN ejerció su facultad de atracción en octubre de 2018, quedando en la ponencia del ministro Ortiz Mena, quien resolvió en su proyecto que, en estos casos, los juzgadores sólo deben desempeñar un papel subsidiario, y revisar la racionalidad de las medidas.

“La autoridad judicial no tiene las capacidades institucionales para determinar la aplicación de factores en tensión. Nuestra tarea es constatar que las autoridades especializadas tomen esas decisiones de una manera racional y defendible”, expuso.

En su proyecto de sentencia aprobado, el ministro Ortiz Mena indicó que se debe reservar a las autoridades administrativas, entre ellas al Presidente de la República, la evaluación de los costos marginales y de los beneficios en el diseño de las medidas fitosanitarias aplicables a la importación de productos vegetales primarios.

jcp

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