“Hay dos topes que deberán respetar”, señala Maricarmen Alanís, expresidenta del TEPJF
Maricarmen Alanís, expresidenta del TEPJF, ponderó la gobernabilidad y el impedir que una sola fuerza política monolítica pueda reformar la Constitución

La exmagistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Maricarmen Alanís Figueroa, afirmó que, desde que en México optamos por el sistema de representación legislativa, siempre ha habido dos ejes para su aplicación: “la gobernabilidad, pero también el impedir que una sola fuerza política monolítica pueda reformar la Constitución por sí misma, porque eso nos llevaría a impactar de manera muy negativa nuestro Estado de derecho, nuestro pluralismo democrático y la división de poderes”.
Expuso la consultora internacional en materia electoral que las reformas constitucionales desde 1993 hasta las de 1996 y las legales y las interpretaciones que se han hecho en años recientes sobre la representación proporcional, subrepresentación y sobrerrepresentación de las fuerzas políticas, “ha ido siempre cuidando dos ejes”.
En entrevista con Excélsior, consideró que será fundamental que los cinco magistrados del INE y del Tribunal sean, en el caso de la sobrerrepresentación, muy responsables, como lo reclama la impartición de justicia.
Detalló: “No sólo por la decisión al caso concreto, sino por los impactos que puede tener ese precedente en el Estado de derecho, en la sociedad, en el contexto en el que se vive hacia otros juzgadores como máximo órgano jurisdiccional, porque las personas juzgadoras de instancias jerárquicamente inferiores ya deben de irse por esos nuevos criterios”.
Habló de los efectos jurídicos y legales que tendrán las decisiones de los consejeros y de los integrantes de la Sala Superior del TEPJF.
No es menor cosa aprobar una sobrerrepresentación artificial, para darle a un bloque monolítico la mayoría calificada que les va a permitir reformar la Constitución, como un solo bloque”, alertó.
Un juzgador no puede tomar una decisión sin ver más allá del expediente. No podrán ir como caballos de carrera a los que les ponen persianas en los ojos para que vayan más rápido sin distraerse de lo que sucede alrededor y no ver el bosque”, planteó.
La exmagistrada electoral, quien fue la primera mujer en la historia del Tribunal en presidirlo, sostuvo que el sistema de representación se diseñó para que llegaran las minorías al Congreso, es decir, para que sean partícipes de la toma de decisiones, porque, ironizó, el objetivo no puede ser el de únicamente sentarse en unas curules.
Previó Maca Alanís que seguramente la decisión que tome la mayoría en el INE en la asignación de diputados de representación proporcional va a ser impugnada ante la Sala Superior, para lo cual se tienen 48 horas para que el Tribunal resuelva después. “Esto es así de rápido, porque el Congreso se instala el primero de septiembre”.
Planteó que cuando los magistrados electorales analicen el caso, será fundamental para el futuro de la democracia que apliquen “un criterio uniforme al momento de interpretar la Constitución, porque no te puedes ir a una fracción interpretando de manera gramatical y otra de manera sistemática y funcional y otra manera contextual”.
Advirtió que, en todo caso se pueden aplicar criterios mixtos, para interpretar de manera integral la normatividad relacionada con el caso, partiendo de la Constitución, tratados internacionales y la ley.
Pero no puedes hacer una interpretación que sea contradictoria. Y, desde mi perspectiva, la interpretación que debe asumir el TEPJF al revisar la asignación de representación proporcional, debe de ser contextual, es decir, tomando en cuenta los resultados y la realidad a la que llevaría la materialización de la sentencia en la conformación de ambas cámaras del Congreso y evitar por un lado que se rompa con el principio de pluralismo político; y dos, con el de la gobernabilidad”, explicó.
Sí se necesitan mayorías absolutas, pero también evitar que una sola fuerza monolítica tenga una mayoría calificada para que, por sí misma, pueda reformar la Constitución. Eso es lo que nunca persiguió el constituyente permanente al transitar de un sistema de partido hegemónico, partido mayoritario, absoluto, con cláusula de gobernabilidad, a un sistema en el que se partió de la incorporación de las minorías, la representación proporcional y los límites a la sobrerrepresentación, en donde una fuerza política sólo puede tener máximo 300 diputados para, por sí mismo, como fuerza monolítica, como coalición, no poder reformar la Constitución”, especificó.
Criticó el hecho de que en el TEPJF se ha estado vulnerando el principio de certeza, lo cual ocurre cuando las personas juzgadoras cambian de criterio sin mantener una línea jurisprudencial sólida, consistente y a la que pueda dársele seguimiento.
Dijo en la Sala Superior se han observado situaciones que podrían equipararse al hecho de que en un tribunal quienes un día se dicen a favor de la interrupción legal del embarazo, una semana más tarde lo penalizan.
Eso es lo que ha estado pasando en el Tribunal Electoral: un día están por la interpretación gramatical de la Constitución, a los dos días están por una interpretación bajo criterios pro persona, ampliando la protección de los derechos humanos, y al día siguiente regresan con otro criterio, pero sucede que son casos muy similares y tienen criterios contradictorios.
Y si esto se hace bajo una presión política, entonces también se infringen los principios de independencia y de autonomía judicial.
Ahora, se vale cambiar de criterio. Pero se debe sostener el por qué, en una sesión pública. Pero esto se hace en lo oscurito y no queda claro porqué están cambiando de criterio”, lamentó.
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