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Nacional

Corte ordena a SRE a no desconocer actas de nacimiento extemporáneas

La Segunda Sala de la SCJN otorgó un amparo con el que ordena a la SRE, no desconocer actas de nacimiento de personas que se registraron tres años, o más, después de su alumbramiento, y no solicitar documentos adicionales de identidad para tramitar su pasaporte.

David Vicenteño | 17-04-2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Foto: Cuartoscuro

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo con el que ordena a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), no desconocer actas de nacimiento de personas que se registraron tres años, o más, después de su alumbramiento, y no solicitar documentos adicionales de identidad para tramitar su pasaporte.

El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que se aprobó con tres votos a favor y uno en contra, invalidó los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y Documentos de Identidad y Viaje, relacionado con las actas de nacimiento extemporáneas.

De acuerdo con los antecedentes de este caso, el quejoso nación el 26 de agosto de 1950, pero se registró hasta el 9 de mayo de 2008, en el Registro Civil de Allende, Guanajuato, con la ayuda de una persona distinta, por lo que se desconocen los nombres de los padres biológicos en el documento.

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La persona inició el trámite de su pasaporte en las oficinas de la SRE, en donde le dieron una cita para el 1 de septiembre de 2021, en donde funcionarios le explicaron que el trámite no se podía realizar, debido a la extemporaneidad del acta de nacimiento y la falta de los nombres de la madre y el padre.

Para salvar esa situación, al quejoso se le solicitaron otros documentos de identidad, como una copia certificada del acta de matrimonio de sus padres, otra del acta de nacimiento de su hermano mayor, entre otros; por lo que tramitó un amparo que llegó a la Segunda Sala de la SCJN.

En la resolución se establece que la presentación de un acta de nacimiento extemporánea no implica una irregularidad tan grave, que se pueda comparar a la identificación de anomalías documentales.

A esto se suma que resulta injusto afectar negativamente a todo el grupo de personas cuyos nacimientos se registraron de manera extemporánea, basándose solo en la posibilidad de que existan casos aislados de irregularidad”, se indicó en el proyecto del ministro Laynez Potisek.

También se ordenó a la SRE a que reconozca las características del acta de nacimiento, establecidas en la fracción I, del artículo 3, de la Ley de Nacionalidad.

Es un documento probatorio de la nacionalidad mexicana, por lo que no debe existir duda de que es un documento idóneo para probar la identidad y la nacionalidad de una persona. De ahí que es inconstitucional imponer cargas adicionales para demostrar su identidad por el simple hecho de que el registro de nacimiento se haya realizado de manera extemporánea”, se resolvió.

 

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