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Plantean prohibir preventa de departamentos en CDMX

La legisladora Paula Soto propone que la venta de condominios sea hasta que la constructora tenga permiso de ocupación

Georgina Olson | 10-11-2020
Plantean prohibir preventa de departamentos en CDMX
Foto: Cuartoscuro/Archivo.

CIUDAD DE MÉXICO. 

Actualmente muchas constructoras ofrecen condominios en la llamada pre-venta, antes de que la autoridad les haya entregado el Permiso de Ocupación,por lo que la legisladora de Morena, Paula Soto, presentó una iniciativa de reforma para que "hasta no contar con el permiso de ocupación otorgado por la autoridad competente, no se podrán celebrar contratos de compra-venta para los proyectos de iniciación de obra de inmuebles".

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La iniciativa presentada en la sesión virtual del pleno del Congreso de la Ciudad de México, implica que si no se cuenta con el permiso de ocupación antes de vender "se sancionará con la suspensión definitiva de la obra". Para que esto sea una realidad, Soto propone reformar el artículo 23 de la Ley de  Desarrollo Urbano del DF.

En la argumentación de la iniciativa, Soto planteó que uno de los esquemas que más usan las constructoras es "la compraventa en preventa de un bien inmueble...la preventa consiste en la oferta de propiedades dentro de un desarrollo habitacional que se encuentra en las primeras fases de construcción, y que regularmente su precio se encuentra por debajo de la media".

Recordó que ese método de venta favorece a las inmobiliarias pues les da la liquidez que necesitan para terminar las obras, pero expuso que cada vez son más comunes irregularidades como "preventa de viviendas que no se encuentran contempladas en la licencia de construcción emitida por la alcaldía o la SEDUVI".

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Y argumentó que por eso se necesita una reforma a la Ley de Desarrollo Urbano del DF, para que hasta que la constructora cuente con el permiso de ocupación, que otorga la autoridad cuando la obra está finalizada, pueda proceder a la venta.

En el mismo sentido, Soto propuso incluir un nuevo artículo, el 2279 Bis, en el Código Civil local para establecer que "no se podrán celebrar contratos de compra-venta de proyectos de iniciación de obra de inmuebles, si no cuentan con el permiso de ocupación otorgado por la autoridad competente".

 

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