CIDH exige investigación a fondo por desaparición de Ana Amelí
Entre las omisiones señaladas por la Comisión están la presunta obstrucción de agentes policíacos en la alcaldía Tlalpan

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 92/2025, por medio de la cual se otorgan medidas cautelares a favor de Ana Amelí García Gámez, desaparecida el 12 de julio de 2025 en el Parque Nacional Cumbres del Ajusco, de la alcaldía Tlalpan.
La Comisión considera que la joven, de 20 años, se encuentra en una situación de gravedad y urgencia con riesgo de daño irreparable a sus derechos.
La decisión de la CIDH expuso serias deficiencias en la investigación, a casi cinco meses de la desaparición. Según la solicitud presentada ante el organismo, los familiares de Ana Amelí han señalado una serie de cuestionamientos y críticas a las autoridades, alegando la falta de líneas de investigación sólidas y la ausencia de avances sustantivos.

Falta investigación por desaparición forzada
Entre las principales omisiones señaladas en la solicitud ante la CIDH se encuentran la falta de investigación sobre la presunta obstrucción de la búsqueda por parte de dos oficiales de la alcaldía Tlalpan al momento de la desaparición, así como la omisión en identificarlos y entrevistarlos.
Tampoco se han obtenido los registros telefónicos de los oficiales sospechosos ni los registros GPS de vehículos oficiales; falta de investigación al agente del Ministerio Público que presuntamente negó el registro de hechos, lo que llevó a la parte solicitante a evaluar la posible existencia de colusión entre autoridades y perpetradores; además de la falta de investigación de la hipótesis de desaparición forzada.
Pese a que el Estado mexicano ha informado sobre un plan de búsqueda con perspectiva de género ejecutado por la Comisión de Búsqueda de Personas de la Ciudad de México, así como la apertura de una carpeta de investigación inmediata por la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Desaparición Forzada y la Desaparición Cometida por Particulares y Búsqueda de Personas Desaparecidas (FIPEDE), la CIDH manifestó su preocupación.
La Comisión observó que el paso del tiempo "puede dificultar la eventual ubicación de la beneficiaria", de quien aún no se ha dado con su paradero.
Información constante a la familia
En consecuencia, la CIDH solicitó a México redoblar esfuerzos para determinar la situación y paradero de Ana Amelí; asegurar que el plan integral de búsqueda considere medidas diferenciadas por género y atienda las recomendaciones del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU.
En donde también se incluyan los cuestionamientos de la familia; continuar propiciando canales de comunicación fluidos y periódicos con los familiares, indicando las razones para la inclusión o descarte de la hipótesis de posible participación estatal.

Y actualizar sobre las acciones adelantadas para investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la resolución y así evitar su repetición.
El Estado informó que la FIPEDE se encuentra en la etapa inicial de la investigación, que incluye la participación de personal especializado, el uso de tecnología y la coordinación interinstitucional, también están por realizarse cruces de llamadas telefónicas y la reconstrucción de los hechos. No obstante, la CIDH enfatizó la necesidad de atender las deficiencias señaladas para una localización efectiva.
*DRR*
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