Turnan a comisiones minuta que reforma Ley de Amparo

Entre las modificaciones más destacadas se contempla que las promociones del juicio de amparo se presenten por escrito, ya sea de manera impresa o electrónica.

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La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados envió a comisiones la minuta.

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados envió a comisiones la minuta que propone reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Amparo, así como del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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La propuesta tiene como objetivo fortalecer el juicio de amparo para consolidarlo como el instrumento más eficaz en la defensa de los derechos humanos y en el control constitucional y legal del país, por lo que el documento fue turnado a las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público, donde será analizado con detalle.

De acuerdo con el texto, el amparo deberá sustentarse en un interés legítimo real, actual y diferenciado, de modo que la anulación del acto impugnado genere un beneficio concreto y no hipotético para la persona quejosa.

Entre las modificaciones más destacadas se contempla que las promociones del juicio de amparo se presenten por escrito, ya sea de manera impresa o electrónica. 

No obstante, se precisa que la vía digital será opcional, garantizando que ninguna persona sea obligada a utilizar medios electrónicos si prefiere hacerlo de forma tradicional.

Asimismo, el Órgano de Administración Judicial establecerá las reglas para la integración de los expedientes físicos y electrónicos, procurando que las partes puedan acceder libremente a la información.

En ese sentido, todas las autoridades involucradas en los juicios deberán contar con un usuario dentro del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, lo que permitirá dar seguimiento a los procedimientos de forma más ágil.

Otro punto relevante establece que las instituciones públicas y entidades oficiales, como organismos descentralizados, empresas estatales, instituciones de crédito o fideicomisos, estarán exentas de otorgar las garantías que la ley exige a las partes en determinados casos.

Además, se introduce una medida para desechar recusaciones que se promuevan con la intención de retrasar o entorpecer los procesos judiciales, reforzando la eficiencia de los tribunales.

La minuta también adiciona una causal para el juicio de amparo indirecto en casos relacionados con actos de ejecución o cobro de créditos fiscales, estableciendo que: “solo podrá promoverse hasta la publicación de la convocatoria de remate, momento en que podrán hacerse valer las violaciones cometidas durante el procedimiento”.

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fdm