Suspenden a jueza federal y abren primer caso del Tribunal de Disciplina Judicial

El caso representa uno de los primeros procedimientos relevantes del Tribunal de Disciplina Judicial, órgano creado como parte de la reforma judicial para supervisar la actuación de las personas juzgadoras y, en su caso, sancionar conductas indebidas.

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El caso representa uno de los primeros procedimientos relevantes del Tribunal de Disciplina Judicial, órgano creado como parte de la reforma judicial para supervisar la actuación de las personas juzgadoras y, en su caso, sancionar conductas indebidas.Freepik

El Tribunal de Disciplina Judicial suspendió temporalmente a Aneshuarely Amarande Riojas Orozco, jueza Decimoquinta de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, en el marco de un procedimiento relacionado con su actuación dentro del juicio de amparo 533/2025-III, vinculado al feminicidio de Maciel Alejandrina Sánchez Ronquillo.

De acuerdo con la revisión de las constancias del expediente, el juicio de amparo fue admitido el 22 de mayo de 2025 por una titular distinta. Riojas Orozco fue adscrita al juzgado el 15 de septiembre del mismo año.

El 19 de septiembre se llevó a cabo una diligencia de emplazamiento que forma parte de los señalamientos analizados en el procedimiento disciplinario. Sin embargo, en el expediente se advierte que el acuerdo que ordenó dicha diligencia fue emitido previamente por un servidor público encargado del despacho, y la actuación fue ejecutada por el actuario correspondiente.

Durante la revisión del expediente también se identificó la referencia a un escrito fechado el 8 de noviembre de 2023, presuntamente vinculado a otra carpeta judicial penal. No obstante, en las constancias consultadas no se localizó dicho documento con una foja específica, ni se identificó con claridad su incorporación formal al juicio de amparo.

El caso representa uno de los primeros procedimientos relevantes del Tribunal de Disciplina Judicial, órgano creado como parte de la reforma judicial para supervisar la actuación de las personas juzgadoras y, en su caso, sancionar conductas indebidas. 

En definitiva, la justicia no siempre camina del lado del aplauso. A veces una resolución puede incomodar, doler o resultar difícil de explicar ante la opinión pública, sobre todo cuando el caso toca fibras sensibles. Pero es justamente en esos momentos donde se prueba la seriedad de un sistema constitucional. Juzgar no consiste en agradar, sino en aplicar la Constitución, incluso cuando hacerlo resulte impopular. Si una decisión se castiga no por ser ilegal, sino por incomodar, entonces el problema ya no está en la sentencia, sino en el mensaje que se manda: la independencia judicial sólo se tolera mientras no estorbe.

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