SCJN se pronuncia por doctrina penal para personas de la tercera edad

El Pleno de la SCJN se pronunció para crear una doctrina especial en la que se atienda a personas de la tercera edad involucradas en casos penales

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la NaciónFoto: Cuartoscuro

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció para crear una doctrina especial en la que se atienda a personas de la tercera edad, involucradas en casos penales, por considerar que la edad no es un factor que coloque a los involucrados en una condición de vulnerabilidad. 

En la sesión de este miércoles se resolvió un amparo, cuyo proyecto estuvo a cargo del ministro Giovanni Figueroa, en el que una pareja, una mujer de 64 y un hombre de 75 años, están sentenciados a cinco años de prisión, por involucrarse en un caso de invasión a un predio, en el estado de Nuevo León.

En su amparo, lo quejosos manifestaron que el juez que llevó el asunto, e individualizó las penas, no fue el mismo que los encontró penalmente responsables; además de que a lo largo del proceso no contaron con asesoría legal especializada, en su condición de personas de la tercera edad.

Para la ministra María Estela Ríos González, esa condición, la de la mayoría de edad, no es un factor que coloque a las personas en una condición de vulnerabilidad, en automático.

“Estoy consciente de que la sola edad no condiciona para estar en una situación de vulnerabilidad, sino que deben analizarse otras condiciones físicas, materiales, sociales y económicas para poder determinar esa vulnerabilidad.

“Si lo generalizamos, pues estaríamos dando entonces una ventaja indebida a todas las personas adultas mayores y dejaríamos en desventaja a las personas que no cumplen con ese requisito”, manifestó la ministra Ríos González.

El presidente del Máximo Tribunal, Hugo Aguilar Ortiz, se sumó al planteamiento de otros integrantes del Pleno, para construir una doctrina con la perspectiva de adultos mayores, para cumplir con compromisos internacionales y los precedentes de la misma Corte.

“No estoy tan seguro que este sea el caso que nos permita desarrollar ampliamente la doctrina, sí es un buen punto de arranque y tendríamos que precisar con mayor énfasis cómo tendría que procederse, de qué manera, de tal suerte que no resulte lo que hoy resolvamos desproporcionado frente a otros casos”, dijo.

Tras la discusión, el Pleno resolvió conceder el amparo a la pareja de quejosos, por unanimidad, para revocar el falló en su contra, que se les proporcione asesoría legal especializada y se les dicte una nueva sentencia.

JCS