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Revocan dos candidaturas en Oaxaca por violencia política de género

Los aspirantes del PRI-PVEM-PANAL a las alcaldías de San Juan Colorado y San Juan Bautista Lo de Soto perdieron su candidatura luego que el TEPJF determinó que se ejerció violencia política de género contra dos de sus compañeras

Patricia Briseño | 23-06-2018
Revocan dos candidaturas en Oaxaca por violencia política de género
Juan García Arias (al centro), pretendía reelegirse como edil de San Juan Colorado, pero fue acusado de obstaculizar las funciones de la síndica Herminia Quiroz (Foto Facebook: Juan García Arias)

OAXACA

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas de Juan García Arias y Pablo Ánica Valentín, aspirantes a las alcaldías de San Juan Colorado y San Juan Bautista Lo de Soto, abanderados por coalición PRI, PVEM y PANAL, por ejercer violencia política de género en contra de sus compañeras concejales.

La Sala Xalapa del órgano colegiado informó en un comunicado sobre la sentencia del expediente SX-JRC-140/2018, en la que determinaron bajar a los dos candidatos de la coalición ‘Todos por México’ y nombrar a dos aspirantes para ocupar su lugar.

Dichas conductas se cometieron por los candidatos impugnados, en el ejercicio de un cargo público, uno en su desempeño como alcalde, y otro como síndico, en el pasado inmediato al proceso electoral en el cual pretenden contender o reelegirse”, indica la setencia.

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Juan García Arias, presidente Municipal de San Juan Colorado con licencia, pretendía la reelección, pero en múltiples ocasiones lo acusaron de obstaculizar las funciones de la síndica, Herminia Quiroz Alavés cuyo caso asentado en el expediente JDC /85/2017.

El candidato es inelegible porque “no tiene un modo honesto de vivir que es requisito para poder aspirar a una candidatura”.

En el caso de Ánica Valentín, aspirante a presidente municipal de San Juan Bautista Lo de Soto, fue denunciado por la alcaldesa Samantha Caballero Melo, por ejercer violencia de género desde su cargo como síndico, consignado en el expediente JDC13/2017.

El TEPJF revocó las sentencias del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana y del Tribunal Electoral de Oaxaca.

 

chg

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