Otorgan amparo a Iberdrola

La sanción económica fue impuesta a Iberdrola en mayo pasado luego de que la autoridad comprobara que vendió energía a terceros

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Iberdrola

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa otorgó a la empresa Iberdrola Energía Monterrey un amparo para evitar pagar la multa por más de nueve mil 145.4 millones de pesos que le fue impuesta por la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

La sanción económica fue impuesta a Iberdrola en mayo pasado luego de que la autoridad comprobara, con facturas que fueron solicitadas y posteriormente entregadas por el SAT, que vendió energía a terceros.

Ante esto, la firma de energía de origen español dijo que los mencionados documentos se obtuvieron de manera ilícita, pues se violó el derecho al secreto fiscal.

Es así que, como parte de este proceso, Iberdrola solicitó al Poder Judicial del país un amparo para evitar la sanción.

Éste le fue otorgado por el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, mediante el expediente 640/2022.

Se concede la medida cautelar solicitada para efecto de que no se ejecute el cobro de la multa”.

El monto de la sanción supera en 1.2 veces las utilidades que Iberdrola generó en México el año pasado.

El juzgado aseguró que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 138 y 139 de la Ley de Amparo, se deberá realizar un análisis ponderado de la situación a fin de evitar que se defrauden los derechos de terceros y se evite perjuicios al interesado.

Según la resolución, el amparo no se concedió tomando en cuenta el monto de la multa, pues se busca analizar las pruebas que deberá presentar Iberdrola como la quejosa en este proceso.

Artículo 135. Cuando el amparo se solicite en contra de actos relativos a determinación, liquidación, ejecución o cobro de contribuciones o créditos de naturaleza fiscal, podrá concederse discrecionalmente la suspensión del acto reclamado, la que surtirá efectos si se ha constituido o se constituye la garantía del interés fiscal ante la autoridad exactora por cualquiera de los medios permitidos por las leyes fiscales”, detalla el aviso judicial.

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