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Nacional

Endurecen sanciones por violencia política; magistrados fijan nuevos límites

El establecimiento de criterios más severos en la materia evidencia la pugna interna que vive el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Ivonne Melgar | 08-01-2024
¡A FAVOR / MÓNICA SOTO. Afirmó que sí hubo en las expresiones contra la morenista Delfina Gómez violencia simbólica. Fotos: Archivo
A FAVOR / MÓNICA SOTO. Afirmó que sí hubo en las expresiones contra la morenista Delfina Gómez violencia simbólica. Fotos: Archivo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció criterios más severos para castigar la violencia política de género (VPG), un tema en el que se hizo sentir la pugna al interior del máximo tribunal.

Al cierre de 2023, con el voto a favor de la nueva presidenta, Mónica Soto Fragoso, y de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña, el órgano jurisdiccional determinó considerar como VPG cualquier señalamiento crítico respecto a una supuesta subordinación de aspirantes mujeres a un hombre de poder, aun cuando provengan de otra mujer.

Esto contrasta con la tolerancia que, bajo el argumento de garantizar el derecho a la libertad de expresión, los jueces electorales habían esgrimido hasta ese momento.

Los nuevos criterios, aprobados durante la sesión del pasado 27 de diciembre y los cuales tendrán implicaciones en la competencia presidencial, derivan del caso de Delfina Gómez, quien como precandidata a la gubernatura del Estado de México fue tachada por la diputada Melissa Vargas (PRI) de depender “de las decisiones políticas de un grupo de hombres”.

Los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora argumentaron que las expresiones eran propias de una contienda electoral. Sin embargo, la decisión fue tomada por el grupo que logró que Reyes Rodríguez dejara la titularidad del Tribunal.

 

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ENDURECEN CASTIGAR VIOLENCIA DE GÉNERO EN TEPJF

La pugna interna en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se hizo sentir al cierre del 2023 con el establecimiento de criterios más severos para castigar la llamada violencia política de género (VPG).

Con el voto de la nueva presidenta de este órgano jurisdiccional, Mónica Soto Fragoso, y de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata Pizaña, la Sala Superior del TEPJF se endureció al proscribir los señalamientos críticos que podrían darse sobre la presunta supeditación política de candidatas a liderazgos masculinos.

Este nuevo rigor contrasta con la tolerancia que, bajo el argumento de garantizar el derecho a la libertad de expresión, los jueces electorales han tenido al resolver las denuncias de los partidos de oposición sobre descalificaciones presidenciales en contra de sus candidatas.

La definición del bloque ahora mayoritario que logró en diciembre quitar de la presidencia del Tribunal al magistrado Reyes Rodríguez Mondragón fijó hace 12 días los límites con los que habrán de juzgarse las quejas por VPG durante la contienda presidencial de este año.

De aplicarse, en lo sucesivo, los criterios aprobados en la sesión del 27 de diciembre para castigar a la diputada Melissa Vargas (PRI) por cuestionar a la precandidata a la gubernatura mexiquense, Delfina Gómez (Morena), cualquier señalamiento crítico respecto a una supuesta subordinación de aspirantes mujeres a un hombre de poder, estaría siendo considerado como violencia política de género, aun cuando provengan de otra mujer.

CASO DELFINA FIJA LÍMITES

En el debate de la última sesión del 2023 entre los cinco integrantes que ahora conforman la Sala Superior del Tribunal Electoral –el Senado de la República está en falta con dos nombramientos pendientes–, Rodríguez Mondragón defendió los argumentos expuestos por la magistrada Janine Otálora, quien como responsable del caso resolvió que la legisladora priista sólo había ejercido la crítica que, remarcó, es propia de las contiendas.

La propuesta de Otálora era revocar la determinación del Tribunal mexiquense, alegando que “las expresiones denunciadas constituyen críticas hacia una precandidata vinculadas con su disponibilidad para participar en un debate dentro del proceso electoral en el que se evalúan las capacidades y aptitudes de quien aspira a ocupar una gubernatura, así como la forma y las personas que intervienen en la toma de sus decisiones, aunado a que las expresiones denunciadas no tuvieron por objeto o resultado menoscabar o anular los derechos político-electorales de la entonces precandidata, ya que las mismas constituyen una provocación aceptable en el marco de una contienda electoral”.

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Y aunque el caso ocurrió ocho meses atrás, en la precampaña mexiquense de la morenista Delfina Gómez, la votación del 27 de diciembre tendrá implicaciones en la competencia presidencial.

Mientras Otálora y Rodríguez Mondragón alegaron que las expresiones denunciadas por la ahora gobernadora contra la diputada Vargas eran propias de la libertad de expresión que se da entre los protagonistas de una contienda electoral, los magistrados Soto, Fuentes y De la Mata determinaron que los dichos de la priista rebasaron los límites de ese derecho.

EL FALLO MEXIQUENSE

La controversia ya había sido juzgada en el Tribunal Electoral del Estado de México, donde se le dio la razón a la morenista. Al difundirse esa resolución se informó que la legisladora federal sería inscrita en el padrón de personas violentadoras y, por lo tanto, quedaría inhabilitada para contender por un nuevo cargo.

Melissa Vargas dijo que esa era una interpretación falsa y malintencionada y recurrió a la Sala Superior federal para inconformarse por ese fallo local, alegando que la resolución era “arbitraria y desproporcionada”, en tanto le causaba “agravio personal” y se dijo “víctima de un linchamiento político”.

El trio de magistrados ahora hegemónico en el TEPJF resolvió que “del análisis de las expresiones denunciadas se advirtió que constituyeron violencia política de género en perjuicio de la precandidata, porque tuvieron por objeto menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de sus derechos político-electorales”.

En conferencia de prensa en abril de 2023, la diputada Vargas comentó respecto a quien en ese momento era precandidata de Morena al gobierno estatal:

Hay una precandidata que ha decidido esconderse, no dialogar, no dar la cara, que depende de las decisiones políticas de un grupo de hombres para poder hablar o no sin autonomía, y desafortunadamente por lo visto sin capacidad para tomar decisiones propias.

Tiene miedo a debatir, de proponer, de tomar sus propias decisiones. De mujer a mujer hoy le decimos, ninguna mujer puede ser manipulada y no nos puede representar a las mujeres en el Estado de México”.

MÁS VIOLENCIA CONTRA ELLAS

Al analizar esos dichos, en la última sesión del año pasado en el Tribunal Electoral quedó de manifiesto el carácter subjetivo con el que continúa analizándose la VPG en una Sala Superior que, por otra parte, le ha disculpado al Presidente de la República sus señalamientos en torno a candidatas de la oposición bajo el argumento de que lo hace en apego a su derecho a la libertad de expresión.

Reyes Mondragón llamó a sus compañeros a dimensionar que ese tipo de interpretaciones terminan afectando los derechos políticos de las mujeres que se pretenden preservar. “Las críticas denunciadas, analizadas en su contexto, no actualizan violencia política de género”, sostuvo.

Y consideró que este caso era una oportunidad para seguir construyendo la manera en que el TEPJF debería analizar las quejas de supuesta violencia política de género cuando a la que se denuncia como agresora es una mujer.

Rodríguez Mondragón abiertamente se pronunció por establecer para dichas situaciones parámetros diferentes a los que se aplican cuando se trata de conductas atribuidas a hombres.

Debemos cuestionarnos qué tan positivo y transformador es reprochar a una mujer que no logra adoptar una conducta totalmente libre de una ideología de género patriarcal, cuando ellas mismas se encuentran enfrentando a esa ideología”, planteó el magistrado.

Considero entonces que es posible adoptar parámetros diferenciados y más flexibles cuando se trata de supuestas violencias políticas de género atribuidas a una mujer, porque adoptar los mismos estándares que usamos cuando juzgamos a hombres, de hecho, puede generar impactos diferenciados en las mujeres”, argumentó Rodríguez Mondragón.

Expuso que era injusto exigir a las mujeres que “jueguen con las mismas reglas de los hombres”, explicando que hacerlo era someterlas a un nivel de exigencia alto, sin considerar que ellas se encuentran librando internamente batallas internas y externas en contra de la ideología de género patriarcal.

Y en el caso concreto de los dichos de Melissa Vargas, Rodríguez Mondragón sostuvo que en todo caso se trató de una invitación a Delfina Gómez a no dejarse influenciar por un grupo de hombres y mostrar su capacidad de debatir y, por tanto, para dirigir una entidad federativa.

LA POSTURA DE LA PRESIDENTA

La presidenta Mónica Soto rechazó efectuar una distinción.

Me parece que por el hecho de ser mujer no hay, digamos, cierto permiso para violentarnos. Yo estimo que, entre mujeres, por el contrario, tenemos un doble deber de respetarnos, de hacernos respetar y de conducir la política hacia otra forma de hacer política en donde las mujeres, sí competimos; en donde las mujeres sí debatimos, pero no, no reproducimos los estereotipos del patriarcado y menos por ser mujeres”.

La magistrada que desde la perspectiva feminista ha defendido a lo largo de su presencia en el Tribunal la importancia de visibilizar y castigar la VPG dijo coincidir en que la crítica y el debate rijoso es parte de las competencias electorales. “Sin embargo, me parece también fundamental distinguir cuál es la línea que muchas veces parece muy delgada entre lo que es debate rijoso y lo que ya rebasa esta línea de un debate democrático y se va a temas personales o de estereotipos que van mucho más allá de un debate rijoso”.

Alegó Soto Fragoso que sí hubo en las expresiones de la legisladora violencia simbólica porque buscaron “perpetuar la idea errónea de la subordinación de una mujer” y de que carecía de capacidad para tomar sus propias decisiones, porque se le consideró parte de “un sistema de dominación a partir de suponer que detrás de ella se encuentran hombres que deciden por ella”.

Insistió la presidenta del Tribunal que señalar que una mujer es mandada por un hombre es un estereotipo clásico.

Y alertando que cualquier señalamiento en tal sentido será considerado VPG, la magistrada Soto afirmó a manera de cuestionamiento: “Le llamaría yo el estereotipo de estereotipos en política hacia las mujeres. Las mujeres no saben ni pensar, ni mandar, ni gobernar, ni hacer políticas por ellas mismas, siempre tiene que haber alguien atrás de ellas y generalmente, pues es un hombre, quien se asume está detrás de cualquier mujer exitosa”.

La presidenta del Tribunal enfatizó que “decir que siempre que una mujer va hacia adelante es porque está un hombre detrás de ellas, es reproducir el patriarcado en toda su expresión en política, lo cual, pues por supuesto, afecta directamente a la percepción ciudadana, respecto de las capacidades que tienen las mujeres para gobernar”.

LA PONENCIA DE OTÁLORA

En su ponencia, la magistrada Janine Otálora alegaba que “si bien en los dichos cuestionados se observa que existen afirmaciones que podrían ser problemáticas en términos de género, lo cierto es que esas expresiones constituyen opiniones que son válidas en el marco de una contienda, porque es relevante colocar en el debate público, la forma en que quien pretende ejercer un cargo público toma decisiones y quiénes intervienen en ese proceso”.

Ese planteamiento sólo fue respaldado por Rodríguez Mondragón.

Los magistrados Fuentes y De la Mata se identificaron con los argumentos de la presidenta Soto.

Aun juzgando con una perspectiva de género para intentar romper relaciones asimétricas y juzgando el contexto y la persona activa involucrada, por las expresiones señaladas (de la diputada Vargas) sí se generan estereotipos y esos son los que debemos erradicar”, afirmó el magistrado Fuentes.

Hay casos en los que se tiene duda cuando están los temas de VPG. Nos pasa a cada rato que tenemos dudas y corremos el test y nos damos cuenta de que da para un lado y da para el otro. Yo en este caso no tengo dudas, me queda claro que hay violencia política de género”, sostuvo el magistrado De la Mata Pizaña.

EL GRAN PENDIENTE

Para la oposición en el Congreso, la mayor VPG la ha ejercido el Ejecutivo federal y acotar sus intervenciones en contra de las abanderadas de partidos ajenos al suyo es un pendiente legislativo y de las instituciones electorales.

Y es que el TEPJF ha sido omiso con las intervenciones presidenciales en los comicios.

Al respecto, la secretaria general del PRI y diputada federal, Carolina Viggiano Austria, presentó una iniciativa para que los pronunciamientos presidenciales que acrediten VPG sean causal de nulidad de una elección. Es una reforma constitucional al Artículo 41.

He presentado una iniciativa para que la violencia política en razón de género sea considerada como motivo de nulidad de las elecciones. No podemos pedir que acabe esto si desde Palacio Nacional, quien encabeza los esfuerzos, ejerce violencia contra las mujeres de las que muchas hemos sido víctimas y también no podemos esperar cosas distintas si la delincuencia organizada, particularmente, amenaza la participación política de las mujeres”, planteó el 28 de noviembre en la tribuna de San Lázaro.

 

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