Corte revisará decreto que prohíbe exportar de manera definitiva obra de Frida Kahlo

Se trata de la célebre pintura titulada Autorretrato con Medallón (1948), de la cual es propietaria una institución crediticia a través de un fideicomiso desde el año 2019.

 Autorretrato con Medallón (1948),Especial

Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió reasumir la competencia para resolver un amparo en contra de la prohibición de exportar de manera definitiva una obra de la artista mexicana Frida Kahlo, a partir de un decreto promulgado en 1984 por el entonces presidente Miguel de la Madrid Hurtado.

En la sesión de este miércoles se resolvió la Solicitud de Reasunción de Competencia 126/2026, promovida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, para conocer el amparo en revisión 40/2026 que presentó el Banco Ve Por Más en 2023.

En su recurso, la institución de crédito, presidida por Antonio del Valle Perochena, solicitó exportar de manera definitiva la pieza titulada Autorretrato con Medallón (1948), de Frida Kahlo.

Tras realizar la petición de información, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL) negó el permiso de exportación, con el argumento de la prohibición establecida en el artículo 6 del decreto presidencial de 1984, promulgado por De la Madrid Hurtado.

Esta resolución fue impugnada por la institución crediticia, como administradora del fideicomiso propietario de la obra desde 2019, al considerar que dicha prohibición no está contemplada en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, por lo que vulnera derechos.

El pasado 30 de abril, el Tribunal Colegiado solicitó a la SCJN atraer el asunto para resolver la constitucionalidad de la prohibición de exportar la obra de la artista mexicana.

“El núcleo del conflicto consiste en determinar si el artículo sexto del Decreto de 1984, al prohibir la exportación definitiva de las obras de Frida Kahlo, introduce una restricción que no se encuentra prevista en el artículo 16 de la Ley Federal sobre Monumentos, el cual sí permite dicha exportación tratándose de bienes de propiedad particular.

“Y de esta manera implica llegar a una definición constitucional y, dada la trascendencia, es que podamos reasumir”, planteó en su intervención el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía.

En este caso, únicamente la ministra María Estela Ríos González votó en contra de que el Máximo Tribunal reasumiera la competencia para conocer este asunto.