Abogados advierten impedimento legal en designación de titular de la ASF

La organización jurídica expuso que la magistrada Natalia Téllez Torres Orozco fue candidata a ministra de la SCJN, por lo que no podría ser aspirante a titular de la ASF.

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La Auditoría Superior de la Federación (ASF)Foto: Especial

El Colegio Nacional de Abogados “Foro de México”, A.C. presentó ante la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados un documento en el que fija su postura jurídica sobre el proceso para designar a la próxima persona titular de la ASF.

La organización, que se define como un órgano de análisis jurídico enfocado en la defensa del Estado de Derecho, señaló que el nombramiento debe apegarse estrictamente a lo que establece la Constitución y la legislación vigente, dada la relevancia de la ASF como instancia encargada de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales.

En el documento entregado a los legisladores se recuerda que el artículo 79 de la Constitución reconoce a la Auditoría Superior de la Federación como el máximo órgano de control del gasto público y una pieza clave dentro del Sistema Nacional Anticorrupción.

Por ello, subraya el Colegio, quien encabece dicha institución debe cumplir plenamente con los requisitos previstos en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Entre ellos se encuentra lo establecido en el artículo 88, fracción V, que prohíbe ocupar el cargo a quienes hayan sido postulados para un puesto de elección popular durante el año previo a su designación.

La organización jurídica expuso que en el proceso electoral judicial celebrado el 1 de junio de 2025 participó la magistrada Natalia Téllez Torres Orozco como candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cargo que fue sometido al voto ciudadano.

Debido a que dicha candidatura se registró dentro del año anterior al actual procedimiento para elegir al titular de la ASF, el Colegio de Abogados considera que se configura el supuesto de impedimento previsto en la ley.

El documento sostiene que una interpretación literal y sistemática de la norma indica que haber participado recientemente en una contienda electoral constituye una restricción legal para acceder al cargo.

Finalmente, la agrupación señaló que respetar los requisitos constitucionales y legales durante el proceso de designación resulta fundamental para preservar la autonomía y la credibilidad del órgano encargado de vigilar el manejo de los recursos públicos en el país.

RLO

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