Oposición acusa a Morena de vulnerar autonomía de TECDMX

El Congreso local aprobó un dictamen que reforma la Ley Anticorrupción y le da injerencia al Comité de Participación Ciudadana en el nombramiento del contralor interno

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Oposición acusa a Morena de vulnerar autonomía de TECDMX

CIUDAD DE MÉXICO. 

El Congreso de la Ciudad de México aprobó un dictamen que reforma la Ley Anticorrupción Local, y le da injerencia al Comité de Participación Ciudadana en el nombramiento del contralor interno del Tribunal Electoral local. Durante el debate previo a la votación en el pleno, la oposición argumentó que la reforma que impulsó Morena, vulnera la autonomía del tribunal.

Le estamos dando facultades al Comité de Participación Ciudadana, y esas facultades se van a declarar inconstitucionales...yo creo que deberían ustedes reflexionar el tema, o sea...debemos meter supervisión a todos los órganos que manejan recursos públicos, pero esa no es la forma, porque va a haber problemas jurídicos, constitucionales y políticos" expresó durante el debate el vicecoordinador de la bancada del PRD, Jorge Gaviño.

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Y expuso que "hay que tener cuidado: el Congreso y el poder ejecutivo local tienen la obligación de garantizar la plena autonomía del Tribunal Electoral porque así lo mandata el artículo 17 de la Constitución Federal, nada más por eso...resulta indispensable evitar cualquier injerencia en la impartición de justicia, entonces resulta indispensable evitar que nos coloquemos en un plano de subordinación respecto a los poderes u órganos".

Sin embargo la reforma se aprobó y establece que el Comité de Participación Ciudadana elegirá una terna de candidatos para ser contralor interno del Tribunal Electoral local, y el pleno del tribunal deberá elegir a uno de los tres en un plazo de 30 días naturales, pero si no lo hace el Comité de Participación Ciudadana, será el que lo elija.

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La redacción final dice "Si el Pleno del Tribunal no resolviere dentro del plazo establecido, ocupará el cargo de titular la persona que, dentro  de dicha terna, designe el Comité de Participación Ciudadana. En caso de que el Pleno rechace la totalidad de la terna propuesta, el Comité de Participación presentará otra terna que estará sujeta a un plazo de aprobación de 15 días naturales. Si la terna fuera rechazada nuevamente, ocupará el cargo de titular la persona que dentro de dicha terna designe el Comité de Participación Ciudadana".

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