Multa por emplacamiento fuera de la CDMX no la aplicarán agentes
La Secretaria de Finanzas aseguró que ni la ciudadanía ni las agencias de autos deben preocuparse; con éstas inició reuniones, dijo

CIUDAD DE MÉXICO.
La multa por emplacar fuera de la Ciudad de México que se aprobó el miércoles en el Código Fiscal 2022 no será aplicada por los agentes de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, como sucede con las infracciones al Reglamento de Tránsito y, de acuerdo con la secretaria de Administración y Finanzas, no debe generar preocupación en la ciudadanía.
La multa fiscal por no realizar el emplacamiento a partir de 2022 en la CDMX no debe preocupar a la ciudadanía ni a las agencias de autos. Iniciamos hoy diversas reuniones con distribuidoras automotrices en conjunto con Diputados de la Ciudad para establecer sus reglas y alcances”, publicó la funcionaria Luz Elena González, en su cuenta de Twitter.
En otro tuit agregó que no se trata de “una multa o infracción de tránsito, no puede ser aplicada por policías, ni es impedimento para la realización de ningún trámite en la ciudad, ni será motivo de que se imponga al momento de realizar dichos trámites”.
Sin embargo, tampoco aclaró cómo se aplicará tal sanción económica.
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la propuesta de Finanzas de que las personas radicadas en la capital que tengan auto estarán obligadas a emplacarlo en su territorio, de lo contrario tendrán que pagar una multa de hasta 900 pesos, de acuerdo con la reforma al artículo 160 del Código Fiscal.
(...) El importador, fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante que los enajene, previo a su entrega, podrá a petición del contribuyente, realizar los trámites de alta y registro correspondientes, para el caso de que el domicilio fiscal del adquirente se encuentre en la Ciudad de México”, quedó establecido en el Código Fiscal.
En cuanto a la reforma del artículo 134 que implica un impuesto del 8 por ciento a los espectáculos transmitidos por streaming, González argumentó que ya existe el impuesto a los espectáculos en vivo y “no se aprobó ningún impuesto nuevo a los espectáculos de streaming. Estamos evitando la evasión fiscal por la venta de boletos por la vía electrónica”.
Y destacó que se mantienen los beneficios para personas físicas y morales que realizan espectáculos públicos “que consiste en un descuento del 100 por ciento a los pequeños espectáculos culturales independientes y del 95 por ciento a las producciones teatrales no mayores a 2 mil 499 espectadores”.
Sobre la cuota del 2 por ciento a las plataformas de distribución de bienes y comida, aclaró en Twitter que se cobrará “sobre la cuota de intermediación que cobran estas grandes empresas trasnacionales” y no sobre sus ganancias.
Insistió que “no se trata de un impuesto, es un aprovechamiento del 2 por ciento a plataformas digitales sobre la cuota de intermediación que cobran estas grandes empresas trasnacionales, que sacan sus ganancias del país, sin retribuir a la Ciudad por la actividad que generan”.
Y planteó que la cuota “no puede ser transferible ni a los comerciantes, ni a los consumidores, ni tampoco a los repartidores”, por otro lado dio a conocer que está colaborando con la secretaría de trabajo “para facilitar el acceso a la seguridad social y el reconocimiento a los derechos laborales, que estas empresas no otorgan”.

Repartidores de plataformas como Uber Eats y Rappi se manifestaron en contra del 2% que éstas deberán pagar. Foto: Karina Tejada
PAN BUSCA QUE EL 2% SEA ILEGAL
La bancada del PAN en el Congreso busca presentar una demanda de inconstitucionalidad contra el 2% de aprovechamiento a plataformas de reparto de bienes y comida.
Para que podamos acceder a la realización de una acción de inconstitucionalidad necesitamos al menos 22 firmas; el PAN cuenta con 17 aseguradas, pero necesitamos de cinco más de la oposición para que nuestro escrito de demanda de acción de inconstitucionalidad pueda ser presentado ante la Corte”, dio a conocer Christian von Roehrich, coordinador de la bancada.
Aseguró que esa cuota que quedó aprobada en el Código Fiscal 2022 es inconstitucional y que viola los principios básicos de todos los impuestos establecidos, como el de “proporcionalidad, no discriminación y equidad (...). Buscaremos la acción de inconstitucionalidad por este impuesto y también por el otro respecto al cobro del streaming o del uso de plataformas digitales para espectáculos”.
Von Roehrich dio a conocer esa decisión de la bancada del PAN junto con los legisladores Diego Garrido, Aníbal Cañez y Luisa Gutiérrez, quienes dieron a conocer que buscarán a legisladores de otros grupos parlamentarios para que apoyen su causa y logren las firmas necesarias.
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