Batres propone sanciones a quienes "permitan o promuevan" quebrantamiento de sellos de clausura
Martí Batres, propone una pena de 6 a 12 años de cárcel a los dueños, representantes o responsables de un establecimiento mercantil o construcción, que a pesar de que tenga sellos de clausura permita, realice o promueva actos de comercio, construcción o prestación de un servicio en ese predio.

Al congreso local llegó la iniciativa de ley del jefe de gobierno, Martí Batres, que propone una pena de 6 a 12 años de cárcel a los dueños, representantes o responsables de un establecimiento mercantil o construcción, que a pesar de que tenga sellos de clausura “permita, realice o promueva actos de comercio, construcción o prestación de un servicio” en ese predio.
El código penal ya contemplaba una pena de 2 a 7 años de cárcel a la persona que quebrantara los sellos, pero ésta reforma al artículo 286, ahora propone sancionar también al dueño o encargado que “permita, realice o promueva” el quebrantar los sellos y seguir ofreciendo un servicio o venta de bienes en el local, o que permita que siga la obra, en el caso de construcciones.
En la argumentación de la iniciativa, se expone que “se propone un aumento en la sanción, a fin desincentivar la comisión de conductas que vulneren el estado de suspensión o clausura, elevando los costos para los dueños, administradores y propietarios de una construcción, edificación, medio publicitario o establecimiento mercantil”.
Evitando que “se valgan de argucias legales que burlen las resoluciones administrativas o judiciales que imponen las sanciones de clausura o suspensión de actividades, violentando con ello al estado de derecho, la seguridad y certidumbre jurídica”.
*LDH*
EL EDITOR RECOMIENDA



