¿Las deudas se heredan? Esto pasa con tus créditos cuando mueres
Cuando mueres, tus deudas no desaparecen; se pagan con tu herencia o un seguro de vida si lo tienes.

En México, existe la creencia de que al morir, las deudas desaparecen automáticamente, pero la realidad es distinta.
Cuando una persona fallece, sus créditos pendientes NO se eliminan de inmediato, sino que forman parte del proceso testamentario y pueden afectar directamente la herencia que dejará a sus familiares.
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¿Qué pasa con tus créditos cuando mueres?
Cuando una persona con deudas fallece, los pasos que siguen las instituciones financieras son:
- Recibir el acta de defunción que notifica formalmente el fallecimiento.
- Revisar si los créditos tienen seguros de vida asociados para liquidar el saldo pendiente.
- Reportar al Buró de Crédito el nuevo estatus de las cuentas, marcándolas como “cerrada por fallecimiento” si se pagaron, o como “saldo insoluto por fallecimiento” si persiste la deuda.
El Buró de Crédito no elimina el historial de la persona fallecida, sino que lo mantiene como un registro histórico. Esto garantiza la integridad de la información en caso de procesos legales, sucesorios o de verificación por otras instituciones.

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¿Las deudas se heredan directamente?
No. En México, las deudas no se heredan directamente a los hijos o familiares, pero sí deben pagarse con la herencia recibida.
Es decir, antes de repartir los bienes, el patrimonio del fallecido cubre sus deudas pendientes.
Si la herencia no es suficiente para saldar los adeudos, los herederos no tienen la obligación legal de pagarlas con su propio dinero.
Por ejemplo:
- Si una persona deja una casa hipotecada y no tenía seguro de vida, los herederos deberán liquidar el crédito pendiente si desean quedarse con la propiedad.
- Si un fallecido deja un crédito automotriz sin seguro, el vehículo puede ser recuperado por el banco como garantía de pago.
- Si el patrimonio es menor que las deudas, los acreedores solo podrán cobrar hasta donde alcance la herencia y no podrán exigir el resto a los familiares.

¿Qué créditos se liquidan con seguro de vida?
Muchos créditos cuentan con seguros de vida que liquidan el adeudo en caso de fallecimiento del titular. Entre ellos destacan:
- Créditos hipotecarios: generalmente incluyen seguro de vida que cubre el saldo pendiente y libera la propiedad a nombre de los herederos.
- Créditos automotrices: la mayoría de los financiamientos de autos incluyen seguros que liquidan la deuda al morir el titular.
- Préstamos personales: depende de cada banco, pero muchos ofrecen seguros opcionales para este fin.
Por esta razón, es importante que los usuarios verifiquen si sus créditos cuentan con esta cobertura, para evitar dejar cargas financieras a sus familias.
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¿Qué pasa con las tarjetas de crédito cuando mueres?
En el caso de las tarjetas de crédito, el banco revisa si existe un seguro de vida que cubra el saldo. Si no lo hay, la deuda se liquida con los bienes del fallecido antes de distribuir la herencia. Si no hay bienes suficientes, los herederos no están obligados a pagarla.
Además, si la cuenta tiene tarjetahabientes adicionales, éstos no son responsables legales de la deuda, ya que el titular principal es quien figura como acreditado ante la institución financiera.

¿Cómo actualizar el Buró de Crédito tras un fallecimiento?
Para actualizar el estatus de los créditos en el Buró de Crédito, los familiares deben:
- Notificar el fallecimiento al banco, presentando acta de defunción y documentos de sucesión.
- Solicitar al banco la cancelación de cuentas o la aplicación de seguros de vida.
- Confirmar que el banco haya reportado al Buró de Crédito la actualización de las cuentas como cerradas o insolutas por fallecimiento.
La Condusef recomienda solicitar un reporte de crédito especial para verificar si existen cuentas desconocidas o adeudos no informados antes de iniciar el proceso testamentario.
¿Qué pasa si no informo el fallecimiento al banco?
Si no se notifica el fallecimiento, las instituciones continuarán generando intereses y recargos por pago tardío, lo que incrementará la deuda y complicará el proceso sucesorio.
Además, el Buró de Crédito mantendrá la cuenta como activa y morosa, sin registrar el estatus de fallecimiento.
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