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Cadena de custodia y libertad de expresión

Ricardo Peralta Saucedo

Ricardo Peralta Saucedo

México correcto, no corrupto

 

La Cadena de Custodia es “el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo”. Este proceso de cuidado va desde “su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión”, según la literatura existente sobre el tema y la legislación vigente.

De este sistema de control depende que las autoridades jurisdiccionales puedan dictar justicia conforme a toda la información existente, la cual debe estar rigurosamente cuidada. En este punto quiero ser más enfático y relacionarlo con la indebida difusión que tuvieron las imágenes del feminicidio de Ingrid Escamilla.

El deber de cuidado relacionado con la cadena de custodia corresponde a todos y cada uno de los involucrados en este sistema de control y registro (a esto me refiero con las autoridades implicadas en dichos procesos institucionales).

Sin embargo —y en aras de no revictimizar a las personas que han sufrido algún delito—,  también corresponde a los medios de comunicación no publicitar este material, si fuera el caso. En algunos supuestos —los cuales son acotados y están bien delimitados por la legislación nacional e internacional—, la libertad de expresión y de acceso a la información tiene límites, y uno de ellos es vulnerar la dignidad y la integridad de las víctimas, especialmente de violencia de género.

Además de la normatividad nacional vigente en la materia, cabe recordar que los medios de comunicación tienen el deber de aplicar los compromisos asumidos en el Convenio por la Igualdad de Género y Combate a la Violencia Contra las Mujeres en los Medios de Comunicación firmado en 2016 por la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión,  y en el Pacto de Medios de Comunicación y Plataformas Digitales en México para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y las Niñas, respaldado por la Unesco.

En armonía con lo anterior, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia faculta a la Secretaría de Gobernación para vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto de las mujeres.

La responsabilidad es compartida. El Estado mexicano —con ello todos y cada uno de sus servidores públicos— y los medios de comunicación debemos seguir velando por un contexto de información que no revictimice a las mujeres que han sufrido algún delito y dé pasos adelante en favor de eliminar la reproducción —con fines sensacionalistas— de los actos de violencia. Esto, para, de una vez por todas, generar un entorno digno y respetuoso para las mujeres.

 

 

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