Política exterior

Para reflejar la verdadera realidad de nuestra política exterior y, sólo para mencionar algunos ejemplos, recordemos la desafortunada visita que hiciera al otrora presidente Trump de EU

La diplomacia no es un asunto de química personal.

                Consiste en aportar soluciones a problemas concretos.

                Emmanuel Macron, presidente de Francia

En política exterior, las decisiones, programas y acciones concretas que se integran a una política pública de Estado con un claro objetivo, que es llevar los intereses de ese Estado, frente a los Estados que conforman el concierto mundial de las naciones, sumados a este contexto los sujetos de derecho internacional, en un mundo globalizado.

Al ser el Estado de derecho el principal actor de las relaciones, sus políticas públicas se definen con base en su política interior, en el caso de México, políticas encuadradas en su ley fundamental, según lo establece el artículo 133: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión”.

A lo largo de la presente administración, la política interior no ha sido la más afortunada (el Presidente ha dicho que “la mejor política exterior es la interior…”, pero ésta debe ceñirse a la normativa constitucional y al derecho internacional.

Para reflejar la verdadera realidad de nuestra política exterior y sólo para mencionar algunos ejemplos, recordemos la desafortunada visita que hiciera al otrora presidente Trump de EU (El amigo de TrumpExcélsior 24/7/2020). La reyerta con la OMS en medio de una pandemia por covid-19, desabasto de medicamentos, particularmente para los niños con cáncer, una crisis de salud y (toca por costumbre al canciller Ebrard apagar el fuego) qué decir de la contradictoria política migratoria, de la visita de líderes antidemocráticos a nuestro país en nuestras celebraciones de las fiestas patrias. El tema de seguridad, una asignatura pendiente que erosiona la relación con el vecino del norte, una economía con una terrible desaceleración no admitida con la impugnación a los informes del Banco Mundial y el FMI con “los otros datos”.

La inasistencia a reuniones, como la próxima en la que Ebrard irá a la cumbre G20 en lugar del Presidente (uno de los puntos centrales de esa reunión de líderes es el cambio climático), en tanto el Ejecutivo presenta una reforma energética, que, desde luego, es contraría los compromisos internacionales, pues se aparta de la tendencia mundial de generar cada día más energías limpias con el cuidado obvio del medio ambiente.

Como ya es costumbre, ahora el embate vuelve en contra del Poder Judicial. Este lunes pasado, el ministro Juan Luis González Alcántara explicó de manera muy clara cómo según la Convención Americana sobre Derechos Humanos —ratificada por México— y a la jurisprudencia que, al respecto, sostiene la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la prisión preventiva “no puede justificarse por la gravedad del delito, sino por la necesidad de la investigación y la no evasión de la justicia”. Y añadió: “La prisión preventiva oficiosa es una figura procesal que afecta un derecho sustantivo: la libertad; sin embargo, en nuestro sistema legal penal. está predeterminada por el tipo de delito, de uso ordinario e inmotivado, y no de manera excepcional y se aleja de tener una naturaleza cautelar”.

Esta tendencia humanista de corte jurisprudencial tendrá que permear a los tribunales de justicia, como el de la CDMX, en donde se cometen abusos con la prisión preventiva oficiosa y otras medidas cautelares improcedentes, incluso atropellando los derechos de menores con la consecuente violación de los compromisos internacional, no sólo de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, sino de otros tantos tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano.

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