Servidores, sin injerencia en campañas de candidaturas al Poder Judicial
El INE aprobó los lineamientos procesales y catálogo de infracciones que regirán en la contienda de ministros, magistrados y jueces

El consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos procesales y catálogo de infracciones que regirán en la contienda para la elección del Poder Judicial, tema en el que aprobó que los Servidores de la Nación y funcionarios que tengan que ver con programas sociales, no podrán participar, ni moderar, en los actos de campaña de las candidaturas.
Estos lineamientos y catálogo están dirigidos a los comportamientos de candidaturas, partidos políticos, personas servidoras públicas, personas dirigentes y afiliadas a partidos políticos, cualquier persona física o jurídica vinculada a alguna candidatura y concesionarios de radio y televisión.
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También se determinan las reglas de actuación en el trámite de procedimientos sancionadores.
Al haber sido aprobado, será una infracción el que las candidaturas realicen actos anticipados de campaña, previo a los 60 días que menciona la ley para el periodo de campaña, la difusión de propaganda impresa en material distinto al papel reciclable y biodegradable, contratación de espacios de radio y televisión, contratación de terceras personas de espacios físicos, impresos o digitales, así como las expresiones de calumnia.
Para los funcionarios está prohibido utilizar programas sociales, recursos públicos, compra y coacción del voto para favorecer o perjudicar a alguna candidatura, así como participar en actos proselitistas en días y horas laborales y participar de manera activa en días y horas no laborables.
PARTIDOS POLÍTICOS DEBERÁN MANTENERSE AL MARGEN DE ELECCIÓN JUDICIAL
Los partidos políticos no podrán apoyar con actos a las candidaturas ni pronunciarse a favor o en contra de algún aspirante, contratar encuestas o sondeos sobre las preferencias, tampoco organizar foros, debates o entrevistas sobre el tema y participar como observadores electorales.
Serpa la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral quien conocerá las quejas para las candidaturas nacionales, mientras las Juntas locales y distritales conocerán las quejas de temas relacionados con jueces de distrito y magistraturas de circuito.
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*mcam
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