Respalda la AFAC a las tripulaciones extranjeras; caso Viva Aerobus
La Agencia Federal de Aviación Civil señaló que la medida no vulnera la Constitución además de que todo fue consensuado con los trabajadores de la aerolínea.

La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) respaldó el “arrendamiento húmedo” de aviones que realizará Viva Aerobus, mismo que incluye tripulaciones extranjeras. De acuerdo con la autoridad esta decisión no vulnera la Constitución, además de que la medida fue consensuada con los trabajadores de la aerolínea.
Dicha figura está prevista en la legislación nacional, por lo que, resulta ajustada a derecho, ya que en casos excepcionales y temporales, las aeronaves con matrícula extranjera, arrendadas por los concesionarios o permisionarios mexicanos, pueden ser operadas en el país, de acuerdo a lo previsto en el artículo 45, último párrafo de la Ley de Aviación Civil” dijo la autoridad.
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La AFAC enfatizó en que Viva Aerobus realizará el arrendamiento de aviones debido a que tendrá que dejar en tierra varios de sus equipos afectados por el llamado a revisión de los motores Pratt & Whitney.
A fin de hacer frente a esta contingencia implementará el arrendamiento húmedo con el objetivo de mantener la prestación de servicio público en beneficio de los usuarios. Se tiene conocimiento que esta determinación fue consensuada con los trabajadores de la aerolínea, a efecto de mantener las fuentes de trabajo y proteger a sus familias, ya que no se rescindió ninguna relación laboral con motivo de esta condición extraordinaria”, señaló en un documento.
RECHAZA POSTURA
La AFAC rechazó la postura de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) y el Colegio de Pilotos Aviadores de México, los cuales afirmaron que al permitir tripulaciones extranjeras se vulnera el artículo 32 de la Constitución.
Es una apreciación subjetiva y contraria al bien común, ya que dicho precepto dispone que, el personal que tripule cualquier aeronave que se ampare con la bandera mexicana, debe ser operado por personal mexicano de nacimiento; sin embargo, es de resaltar que no se prevé ninguna restricción o prohibición referente a la actividad de tripulaciones extranjeras que operen aeronaves con matrícula distinta a la mexicana”.
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*mcam
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