Protestar en Nayarit les costó el empleo; acusan juicios por exigir prestaciones

El gobierno de Miguel Ángel Navarro Quintero utiliza a la fiscalía estatal para procesar a empleados sindicalizados bajo cargos de “apología del delito”

Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.
Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.Especial

Exigir el pago de prestaciones, reclamar recursos para el fondo de pensiones y participar en movilizaciones contra la administración del gobernador Miguel Ángel Navarro Quintero llevó a un grupo de trabajadores del gobierno de Nayarit ante un juez penal.

Una protesta, amparada en el derecho a la libre manifestación, derivó en una carpeta de investigación por los delitos de ataques a las vías de comunicación, coalición de servidores públicos y apología del delito, lo que les ha costado la reducción del salario, la separación del puesto laboral y sobre todo ser estigmatizados como delincuentes.

Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.
Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.Especial

En entrevista con Excélsior en Tepic, trabajadoras y trabajadores afiliados al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios (SUTSEM), acusaron a la Fiscalía General del Estado de ser utilizada para desarticular las movilizaciones, intimidar a quienes participaron en ellas y aislar a los representantes sindicales de sus compañeros.

Entre las personas procesadas se encuentra Luz Adriana Rodríguez Rodríguez, trabajadora de la propia fiscalía estatal y representante del sindicato dentro de la institución.

“(A mí sólo fue por) acudir a la rueda de prensa y apoyar a mi sindicato en las movilizaciones. Creo que mal haría no apoyándolo, porque para eso me eligieron mis compañeros, para representarlos”, expresó, quien tiene 23 años de servicio y no cuenta con antecedentes administrativos.

Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.
Los trabajadores fueron acusados por presuntamente incitar a sus compañeros a protestar.Especial

La fiscalía interpretó que sus declaraciones podían influir para que otros trabajadores participaran en movilizaciones o bloqueos, conducta que fue incorporada a la acusación de apología del delito.

El proceso comenzó a perfilarse antes de que los trabajadores fueran citados ante un juez. El 17 de octubre de 2025, la entonces subfiscal Ludmila Heredia dio a conocer que la fiscalía había identificado a varios de los participantes en las protestas y que serían llamados a comparecer.

También dijo que la institución podría solicitar su suspensión laboral y la afectación de sus salarios, bajo el argumento de que, al tratarse de servidores públicos, su participación en las movilizaciones podía constituir diversos delitos.

A finales de ese mismo mes, los trabajadores comenzaron a recibir citatorios.

La defensa tuvo acceso a la carpeta de investigación el mismo día de la audiencia, mientras que el abogado habría contado con cerca de dos horas para revisar un expediente voluminoso antes de presentarse ante el juez.

Buena parte de las pruebas, fueron obtenidas de las redes sociales del sindicato. Fotografías, transmisiones, videos y publicaciones de Facebook fueron utilizadas para ubicar a los empleados en conferencias, plantones y manifestaciones.

Los trabajadores señalaron que la carpeta no contenía documentos que demostraran la planeación de actos violentos. Tampoco, aseguran, se presentaron pruebas de daños a bienes públicos o agresiones contra personas.

Las imágenes acreditaban su presencia en actividades sindicales. Para la fiscalía, también permitían sostener la posible comisión de delitos.

La primera imputación fue por ataques a las vías de comunicación, la fiscalía relacionó este delito con la ocupación temporal de calles y cruceros durante algunas movilizaciones organizadas para exigir el pago de prestaciones.

El artículo 198 del Código Penal de Nayarit contempla sanciones para quien destruya, deteriore u obstruya vías de comunicación o medios de transporte de uso público que no pertenezcan a la jurisdicción federal. La pena establecida va de cinco días a dos años de prisión, algo que contraviene con la libertad a la libre manifestación que es protegida por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, además del artículo 9 que protege el derecho de reunión.

Los servidores públicos les informaron que serían puestos a disposición del gobierno estatal porque ya no eran requeridos dentro de la fiscalía.

El proceso dejó consecuencias directas para empleados con más de dos y tres décadas de servicio.