Asociación de Magistrados respalda la decisión del juez que liberó a 'La Kena'

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito respaldó al juez de control Crescencio Contreras Martínez, en su decisión de otorgar la libertad a “La Kena”.

thumb
La Asociación de Magistrados respalda la decisión del juez que liberó a La Kena en Tamaulipas.

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito respaldó al juez de control de Reynosa, Tamaulipas, Crescencio Contreras Martínez, en su decisión de otorgar la libertad a José Alberto García Vilano, “La Kena, motivo por el cual el gobierno federal impulsa un juicio político contra el impartidor de justicia en la Cámara de Diputados.

La asociación señaló que el resultado de la liberación de “La Kena” fue por los errores cometidos por  la Fiscalía General de la República (FGR) y señaló que la solicitud de juicio político contra de Contreras Martínez, no puede ser utilizado como un mecanismo al servicio del gobierno en turno para controlar o acechar el Poder Judicial.

En un posicionamiento, la Asociación de Nacional de Magistrados dio a conocer diversos señalamientos por  los cuales el impartidor de justicia determinó darle la libertad a “La Kena”, presunto líder del Cártel Del Golfo, entre los que destacan los débiles señalamientos contra la persona y las violaciones al derecho de defensa.

En un primer inciso se señala que el órgano jurisdiccional radicó una causa penal en contra de José Alberto Garcia y por ello libró una orden de cateo en tres domicilios y en uno de ellos localizaron dos armas largas y 257.8 gramos de clorhidrato de cocaína, pero en este caso no hubo una persona detenida.

En el segundo, la fiscalía sustentó una necesidad de cautela, al encontrar en uno de los domicilios una licencia de conducir a nombre de Alberto Garcia y bajo ese pedimento se libró la orden de pensión.

La asociación aclara que el mandato fue librado únicamente bajo las manifestaciones expuestas por el agente del Ministerio Público de la Federación en lo que refiere a lo asegurado dentro de los domicilios cateados, aunque eso no impedía también que se pudiera reclasificar el delito

Los delitos que la FGR acusaba en el caso de "La Kena", eran delincuencia organizada con propósito de colaborar al fomento de delitos en materia de salud en la modalidad de comercio, en su variante de venta, posesión de armas de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea.

Defensa de 'La Kena' no tuvo acceso a la carpeta de investigación de la FGR

Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito indicó que el día 20 de enero de 2024 se solicitó una audiencia inicial, después de haber sido ejecutada la orden de aprehensión contra "La Kena".

Sin embargo, la defensa de Garcia Vilano solicitó dos horas de receso para poder entablar comunicación con el representado y acceder a la carpeta de investigación, ya que la FGR se la había negado.

La situación se repitió el 24 de enero, cuando se dio el curso para la continuación de la audiencia inicial y por petición de la defensa, por segunda ocasión se solicitó se cambiará debido a que todavía no tenían contacto con su defendido y tampoco sabían dónde se encontraba recluido.

Fue hasta el día 25 de enero, cuando se llevó a cabo la audiencia de mérito y por ello se consideró que se había violentado su derecho a una defensa adecuada.

También hicieron ver  que la FGR no cumplió los estándares y los requisitos necesarios para poder tener una presunción en contra del acusado, pues no pudo vincular la imputación sobre las dos armas largas y los 257.8 g de clorhidrato de cocaína, además de que la licencia resultó ser falsa y por lo tanto tampoco pudieron comprobar que los domicilios cateados fueron  utilizados por “La Kena”.

“Para esta Asociación Nacional la actuación del Juez de Distrito se realizó apegada a la ley. Si en este caso, la resolución emitida resultó favorable al imputado, fue debido a la deficiente actuación de la Fiscalía General de la República”

Y agrega: “la actuación del juez fue en todo momento apegado a los principios constitucionales y actúa única y exclusivamente basándose los datos de prueba que obran en autos”, es decir los que otorgó la Fiscalía.

Temas: