Efectivos de la Guardia Nacional mantendrán sus derechos laborales
Las comisiones del Senado aprobaron un dictamen en el que se deja a salvo las prestaciones y derechos laborales de los elementos de la policía militar y naval que han sido asignados a esa corporación.

Las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos Segunda y Puntos Legislativos del Senado aprobaron un dictamen para aclarar los alcances del decreto de 2019, sobre la Ley de la Guardia Nacional dejar a salvo las prestaciones y derechos laborales de los elementos de la policía militar y naval que han sido asignados a esa corporación.
El decreto al cual le realizaron “aclaraciones” fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
Las comisiones avalaron dicha interpretación, que tiene el objetivo de garantizar y salvaguardar los derechos de los elementos de las policías Militar y Naval, así como de la Fuerza Armada permanente, asignados a la Guardia Nacional.
La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó el proyecto con 12 votos a favor, uno en contra y una abstención; mientras que la Comisión de Estudios Legislativos Segunda lo avaló con 12 votos a favor y uno en contra.
El documento menciona que ni la Constitución, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, ni la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos prevén con total certeza los parámetros para garantizar los derechos y la seguridad laboral de las policías Militar y Naval, así como de la Fuerza Armada Permanente asignados a la Guardia Nacional.
Por ello, la interpretación asegura el respeto a los derechos laborales de estos elementos, ya que evita cualquier menoscabo durante la asignación temporal a la Guardia Nacional, y fomenta un trato justo y equitativo para los elementos de las Fuerzas Armadas, porque se reconoce su contribución específica a la seguridad pública, y garantiza que no se vean afectados negativamente sus derechos por esta participación temporal.
La propuesta aprobada ofrece una transición clara y justa en la carrera profesional de dichos elementos, pues se les brinda estabilidad y seguridad laboral, porque no sólo se respetan sus derechos individuales, sino que también se reconoce la importancia de su contribución a la seguridad nacional, subrayaron las y los senadores.
El dictamen establece que la interpretación de la frase: “los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones”.
De la cual se hace referencia a que los elementos mencionados conservarán sus prestaciones íntegras, toda vez que se encuentran en una asignación temporal, derivada del artículo transitorio de la reforma constitucional por el que se crea la Guardia Nacional.
Motivo que no deberá, en ningún caso, implicar una afectación a sus derechos laborales, prestaciones inherentes, así como la salvaguarda de ser reasignado a su fuerza armada de origen.
En tanto, de la frase: “la ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla”, se prevé que el personal asignado a la Guardia Nacional no pierde sus derechos y prestaciones.
En consecuencia, la “reasignación” implica que el elemento militar o naval deje de realizar sus funciones en Seguridad Pública y sea reintegrado a su fuerza armada para continuar realizando sus actividades de índole netamente castrense con la suma de derechos y prestaciones adquiridos en dicha institución de seguridad pública.