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Es posible tutelar el derecho del concebido y la decisión de la mujer a interrumpir el embarazo: Esquivel Mossa

La ministra Yasmín Esquivel afirmó que el problema del aborto no se soluciona al criminalizar esta práctica y a la mujer.

David Vicenteño | 05-03-2024
Es posible tutelar el derecho del concebido y la decisión de la mujer a interrumpir el embarazo: Esquivel Mossa
La ministra Esquivel Mossa consideró que el conflicto entre esta protección y garantizar el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo se encuentra en un balance entre los dos bienes. (Foto: Cuartoscuro)

Para la ministra Yasmín Esquivel Mossa, integrante del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es posible la protección constitucional del embrión y el derecho de la mujer que opta por la interrupción de embarazo, en “un breve plazo cercano a la concepción”.

“El derecho a decidir, en relación con la mujer que opta por la interrupción del embarazo, sólo tiene cabida dentro de un breve plazo cercano a la concepción, como un mecanismo para equilibrar los elementos que coexisten y brindar un ámbito de protección tanto al concebido como a la autonomía de la mujer, un espacio donde la tutela de ambos sea posible”, explicó la ministra.

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Indicó que para que la sociedad comprenda la situación del aborto en México, se debe conocer y entender la resolución derivada de la acción de inconstitucionalidad 148/2017, promovida por la entonces Procuraduría General de Justicia (PGR), en contra de diversos artículos del Código Penal de Coahuila, la cual criminalizaba de forma absoluta esta práctica.

“El no nacido es un bien constitucionalmente protegido, lo que significa que es sujeto de protección en la medida que va avanzando en su desarrollo”, resolvió la Corte en ese asunto.

Al respecto, la ministra Esquivel Mossa consideró que el conflicto entre esta protección y garantizar el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo se encuentra en un balance entre los dos bienes.

“El pleno de la SCJN determinó por unanimidad de diez votos, que ese balance se logra estableciendo un plazo razonable para llevar a cabo un procedimiento de interrupción del embarazo, durante el cual el legislador no debe anular o volver inejecutable tal prerrogativa por parte de la mujer o persona gestante, pero también considerarse -ineludiblemente- el avance en el desarrollo natural del no nacido durante el proceso de gestación”, indicó.

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Agregó que, una vez rebasado ese límite, cercano al proceso de gestación, se debe salvaguardar el bien constitucionalmente protegido del nasciturus, el que va a nacer.

Afirmó que el problema del aborto no se soluciona al criminalizar esta práctica y a la mujer, sino que debe transitar, invariablemente, por la educación sexual, y evitar, en muchos casos, que mujeres mueran por buscar una solución a una maternidad no deseada.

“Cabe resaltar que despenalizar el aborto voluntario no implica fomentar su práctica, solo conlleva a no criminalizar a la mujer que así lo decida en el período breve y razonable que se establezca en la ley para ello”, afirmó la ministra Esquivel Mossa.

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