Logo de Excélsior                                                        
Nacional

Civiles podrán revisar cuarteles, avanza iniciativa en San Lázaro

La Comisión Nacional de Búsqueda también podrá inspeccionar sedes diplomáticas, según el dictamen

Vanessa Alemán e Iván E. Saldaña | 04-04-2019
Los militares, de aprobarse la iniciativa, deberán abrir sus cuarteles para buscar a desaparecidos / Foto: Archivo
Los militares, de aprobarse la iniciativa, deberán abrir sus cuarteles para buscar a desaparecidos / Foto: Archivo

CIUDAD DE MÉXICO.

La Comisión de Justicia aprobó una reforma al artículo 53 y 94 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas para permitir a la Comisión Nacional de Búsqueda realizar, sin restricciones, inspecciones físicas, excavaciones y apertura de muebles e inmuebles de instituciones públicas para ubicar a personas no localizadas.

Según el dictamen avalado, la Comisión podrá consultar de manera periódica y exhaustiva la base de datos o registros de cualquier instalación o cuartel militar o policial del país y en embajadas, consulados, o cualquier instalación diplomática, y centros de culto religioso.

Sin embargo, limita las inspecciones a embajadas, ya que estas no se podrán realizar sin la autorización del representante diplomático.

 

Imagen intermedia

 

También se podrá acceder a lugares donde se pueda ingresar de manera física o a través de la información contenida en plataformas, registros y bases de datos que contengan información que pueda contribuir a la localización e identificación de las personas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Asimismo, se agrega que las autoridades o instituciones, públicas o privadas, que administran las bases de datos o registros deberán tomar las medidas necesarias para que dichas bases de datos y registros contengan la información de las personas a las que prestan servicios, beneficios o tienen bajo su custodia.

 

ASISTENCIA

La Comisión Nacional de Búsqueda o Comisión Local de Búsqueda deberá proporcionar asistencia a las autoridades e instituciones con el objetivo de facilitar el acceso a la información contenida en sus bases de datos o registros, para lo cual celebrarán los convenios correspondientes.

Las familias de víctimas lamentaban que mientras las autoridades investigadoras se abocaban sólo a hallar al culpable, no había un interés genuino para encontrar a los desaparecidos”, explicó la presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega.

 

AMU

 

Te recomendamos

Tags

Comparte en Redes Sociales