INE da banderazo para candidaturas independientes a diputaciones: fechas clave y requisitos

El INE dio a conocer las fechas clave y requisitos a cumplir para obtener el registro como candidatos independientes a una diputación federal.

Fotografía de una sesión del Consejo General del INE, donde consejeros electorales votan en la sala principal, con el logo del INE y la bandera mexicana al fondo.
El INE estableció un tope máximo para los gastos relacionados con la obtención de respaldo ciudadano.Cuartoscuro | Archivo

El Instituto Nacional Electoral (INE) inició este lunes la recepción y análisis de las manifestaciones de intención de las personas interesadas en contender como candidatas o candidatos independientes a una diputación federal por el principio de Mayoría Relativa en las elecciones de 2027.

El plazo para presentar la documentación ante la Junta Distrital Ejecutiva correspondiente vencerá el próximo 13 de diciembre. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, el INE expedirá la constancia de aspirante el 14 de diciembre.

A partir del día siguiente, quienes la obtengan podrán comenzar a recabar apoyo ciudadano mediante la aplicación móvil desarrollada por el instituto. Esta etapa concluirá el 12 de febrero de 2027.

Requisitos para obtener el registro

Para obtener el registro como candidatura independiente será necesario reunir firmas equivalentes al dos por ciento de la Lista Nominal de Electores del distrito correspondiente.

Además, los apoyos deberán provenir de ciudadanos de al menos la mitad de las secciones electorales del distrito, con un mínimo de uno por ciento de la Lista Nominal en cada una de ellas.

El procedimiento contempla también fiscalización desde la etapa de captación de apoyos.

El Consejo General del INE estableció un tope máximo de 220 mil 326 pesos para los gastos relacionados con la obtención de respaldo ciudadano.

Quienes cumplan los requisitos podrán solicitar su registro como candidatos independientes entre el 22 y el 29 de marzo de 2027.