Prófugos de la justicia no pueden ser candidatos, afirma Arturo Zaldívar

Arturo Zaldívar explicó que la Constitución impide competir a quien sea prófugo de la justicia, bajo criterios establecidos por la SCJN y el TEPJF.

Arturo Zaldívar
Arturo Zaldívar

El coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia y exministro, Arturo Zaldívar, aseguró que los prófugos de la justicia, quienes tengan una orden de aprehensión y además se hayan sustraído de la acción de la justicia, no pueden ser candidatos, en referencia a las aspiraciones presidenciales de Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

Desde Palacio Nacional, en la conferencia de prensa matutina de la Presidenta Claudia Sheinbaum, el funcionario federal respondió a la interrogante de este jueves sobre la suspensión de derechos político-electorales de aquellos que buscan un cargo y tienen un proceso judicial.

Al respecto, Arturo Zaldívar afirmó que esto es por una jurisprudencia que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y después se ha reiterado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El artículo 38 no habla de la orden de aprehensión, habla de que una persona sea prófuga de la justicia y para eso se requieren dos elementos. Un elemento normativo, que es que se emita una orden de aprehensión, y segundo, un elemento material, que esta persona se sustraiga de la acción de la justicia, que haya evidencia de que se le ha buscado, que se le ha querido localizar, que se le ha querido detener y que esto no ha sido posible. Entonces se requieren los dos presupuestos. Esta es una jurisprudencia que estableció en un primer momento la Corte y después ha venido reiterando el Tribunal Electoral. La que sigue. Pasamos ya al siguiente supuesto de un proceso”, justificó.

El ministro en retiro puntualizó que, para decidir sobre la candidatura de alguna persona, se debe analizar cada caso, si está en alguno de esos supuestos y si cumple o no alguna de esas hipótesis.

“Ayer, en la mañanera, la Presidenta Claudia Sheinbaum reconoció que estaba en un error al creer que una persona con orden de aprehensión —como el exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca— quedaba impedida para competir por la Presidencia de la República”, señaló.

Se insistió en que definiera la situación jurídica de García Cabeza de Vaca para competir por la Presidencia en 2030. Arturo Zaldívar señaló que el exmandatario panista “está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia”.

Arturo Zaldívar agregó: 

Yo no me podría pronunciar sobre un caso en particular porque no conozco las condiciones. Si esta persona a la que usted alude (Francisco Javier García Cabeza de Vaca) tiene orden de aprehensión, no ha comparecido al juez, está en otro país, obviamente está sustraído de la acción de la justicia, entonces entraría en el supuesto constitucional de prófugo de la justicia y no podría ser candidato. Y también habría que ver en su momento que se requiere una residencia previa para poder competir por la Presidencia de la República. Y esto que estoy diciendo se aplica a cualquier persona que esté en esos supuestos”.

Concluyó Zaldívar:

El artículo 38 no habla de la orden de aprehensión, habla de que una persona sea prófuga de la justicia y para eso se requieren dos elementos. Un elemento normativo, que es que se emita una orden de aprehensión, y segundo, un elemento material, que esta persona se sustraiga de la acción de la justicia, que haya evidencia de que se le ha buscado, que se le ha querido localizar, que se le ha querido detener y que esto no ha sido posible. Entonces se requieren los dos presupuestos. Esta es una jurisprudencia que estableció en un primer momento la Corte y después ha venido reiterando el Tribunal Electoral. La que sigue. Pasamos ya al siguiente supuesto de un proceso”.

Temas: