Cabeza de Vaca mantiene fuero; la Corte invalida orden de captura

La instancia que puede retirarle la protección es el Congreso de Tamaulipas

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gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la orden de aprehensión en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca y el desafuero que el Congreso de la Unión dictó en su contra para que enfrentara a las autoridades que lo requerían.

Se trata de dos controversias que el Congreso de Tamaulipas presentó durante la serie de procesos que se realizaron en contra del mandatario.

El primer diferendo  fue la declaración de procedencia que la Cámara de Diputados  hizo el día 30 de abril de 2021 en la que erigió un jurado para  quitarle el fuero y así ser investigado y procesado por diversos delitos del orden federal como son delincuencia organizada, operación de recursos de procedencia ilícita y  defraudación fiscal.

El alto tribunal concluyó que el único para poder quitar el fuero es el Congreso del Estado y no necesariamente tendrá que coincidir con el parecer del Congreso de la Unión ya que este último sólo deberá de solicitarlo y el local aplicarlo.

En cuanto la segunda controversia que fue la orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General de la República y expedida por el juez federal en Almoloya de Juarez, Estado de México,  Iván Aaron Zaferín Hernandez, la Primera Sala advirtió que estas autoridades no sólo desconocieron y vulneraron las facultades del Congreso Local tras considerar que García Cabeza de Vaca era susceptible de ser imputado sino que además sustituyeron y desplegaron sus facultades contra el gobernador sin que éste haya sido desaforado por el Congreso local.

Con estas resoluciones el gobernador toma firmeza luego de que la 64 legislatura local lo blindó  con diversas reformas que promovieron los diputados, la mayoría, panistas. Los blindajes fueron para evitar que los nuevos integrantes del Congreso,  y que al iniciar  la mayoría eran de  Morena,  no pudieran desaforarlo.

Todo esto se basa en la reforma del artículo 84 de la Constitución estatal y en el 44 de la Ley de Servidores Públicos en la que se establece el procedimiento a seguir para homologar las declaratorias de las cámaras federales.

La resolución y la declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación a la FGR y al juez especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México con sede en Almoloya de Juárez.

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