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Perfilan amparo para la iglesia que usa peyote

Se debate en la Suprema Corte; busca constituirse como asociación religiosa, a tres años de que se consideró improcedente la solicitud

Juan Pablo Reyes/ Foto: Archivo | 04-10-2016
Se debate en la Suprema Corte; busca constituirse como asociación religiosa, a tres años de que se consideró improcedente la solicitud
Se debate en la Suprema Corte; busca constituirse como asociación religiosa, a tres años de que se consideró improcedente la solicitud.

CIUDAD DE MÉXICO. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfila amparar a la llamada Iglesia Nativa Americana de México, que usa al peyote con fines religiosos, para que busque nuevamente constituirse como una asociación religiosa ante las autoridades federales.

El amparo tiene como objetivo que la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación reponga el procedimiento de acreditación como asociación religiosa a dicha iglesia, respetando a plenitud sus libertades.

En un proyecto de sentencia, agendado para su discusión hoy por la Primera Sala, el ministro Jorge Pardo Rebolledo propone otorgar el amparo a la Iglesia Nativa Americana de México, luego de que la Secretaría de Gobernación se negara a concederle el registro como asociación religiosa.

Las actuaciones de la autoridad responsable deben regirse por esos principios, desde la integración del procedimiento, con la finalidad de evitar que se materialice cierta exclusión por parte del Estado mexicano para que la parte quejosa profese la creencia religiosa de su agrado y practique las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo”, señala el documento en poder de Excélsior.

Pardo Rebolledo argumenta que la Subsecretaría de Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Segob se extralimitó al cuestionar la validez de dicha religión durante el proceso de valoración del cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.

La verificación de los requisitos y el consecuente requerimiento no puede tener por objeto verificar el contenido ideológico de la religión que se practica, sino que debe limitarse a verificar los requisitos formales que impone la ley para el registro”, señala el proyecto.

El proyecto de Jorge Pardo no analiza la legalidad del uso religioso del peyote, a pesar de que así lo solicitaba el amparo promovido por la Iglesia Nativa Americana de México, pues el ministro se centró exclusivamente en analizar el tema relacionado con la libertad religiosa.

EL PROCESO

En junio de 2012, la Iglesia Nativa Americana de México solicitó ante la Segob el registro constitutivo como asociación religiosa, pero debido a que en los estatutos que la rigen internamente se establecen ciertas referencias al uso de plantas tradicionales como el peyote y partes de animales en sus ceremonias religiosas, la Dirección de Registro y Certificaciones solicitó opinión sobre esta problemática a la Secretaría de Salud, al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la PGR.

  • La lucha de la Iglesia Nativa Americana Mexicana inició en 1994.
  • En ese entonces fue con una primera solicitud fallida ante la Secretaría de Gobernación para obtener su registro y poder hacer un uso ritual de la planta.
  • La dependencia federal rechazó una segunda solicitud de esa agrupación en 2013.
  • Luego de agotarse todas las instancias judiciales, en 2014 el reclamo llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • De acuerdo con la propia organización, hay más de cinco mil personas que profesan ese rito, de todos los estratos sociales.
  • La Iglesia Nativa Americana de México organiza rituales en lugares como La Huasteca.
  • Las ceremonias duran todo un fin de semana, en el cual sus practicantes entran en trance producto de la ingesta de la planta masticada o en infusión.
  • Con el debate sobre el uso de la mariguana, los integrantes de la Iglesia Nativa Americana de México confían en que las autoridades les concedan el registro.

Tras revisar las opiniones de dichas instituciones, se emitió resolución definitiva el 24 de abril de 2013, en la cual estimó improcedente la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de esa iglesia.

Los principales argumentos fueron que los solicitantes no acreditaron con suficiencia que la agrupación se hubiese ocupado preponderantemente de la práctica, propagación o instrucción de una doctrina o cuerpo de creencias religiosas, hubiese realizado actividades religiosas de culto público de manera ininterrumpida por más de cinco años y que contara con notorio arraigo entre la población.

A raíz de esto, la Iglesia Nativa Americana de México promovió una demanda de amparo por inconsistencias en el procedimiento realizado en la Segob, que provocaran se les negara el registro por lo cual el caso llegó a la Suprema Corte.

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