¡Aprueban nueva Ley Federal de Cine!; avances en México

Además de recuperar estímulos y apoyos, los estrenos nacionales tendrán una ventana de exhibición de mínimo 14 días

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Servicios digitales tendrán que destacar las producciones nacionales.Cortesía Videocine

El pleno del Senado aprobó la nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual, que recupera la entrega de estímulos y apoyos al quehacer cinematográfico y fija nuevos parámetros de tiempo de exhibición de cine nacional en pantallas de cine y de streaming.

Mantiene la cuota mínima de 10% de tiempo de pantalla para películas nacionales, exige horarios equitativos, pero ahora establece un periodo mínimo de exhibición de 14 días para estrenos nacionales y ordena la proyección previa de avances promocionales en condiciones de equidad.

Para las plataformas bajo demanda, impone la obligación de mantener una sección destacada y permanente que facilite el acceso a obras nacionales. Incorpora un enfoque de accesibilidad e inclusión al prever subtítulos, autodescripción y herramientas tecnológicas para personas con discapacidad auditiva y visual.

Establece principios de igualdad sustantiva, interculturalidad, diversidad lingüística, libertad creativa, descentralización y respeto a la composición pluricultural del país. Con 87 votos en favor, uno en contra, de la senadora Lilly Téllez, y abstenciones del PAN.

Refrenda al Instituto Mexicano de Cinematografía como órgano rector de fomento al cine y sector audiovisual. Prevé apoyos, estímulos, subsidios mediante convocatorias públicas y mecanismos transparentes y crea el Consejo Asesor para acompañar la implementación de programas.

Agrega un capítulo específico para la preservación del patrimonio cinematográfico y audiovisual, el cual incluye la restauración, digitalización, resguardo de la memoria fílmica y entrega de copias a la Cineteca Nacional.

Ley para creadores

El Senado también aprobó con 66 votos en favor y 23 abstenciones del PAN y el PRI, reformas en materia de derechos de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes, que protege derechos incluso en espacios “generados por sistemas de inteligencia artificial o cualquier otra tecnología”.

Establece que “en los contratos que regulen la relación laboral de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes, se deberán estipular de manera especifica las condiciones y la remuneración correspondiente para la utilización de su imagen o voz a través de sistemas de inteligencia artificial o cualquier otro”.

Ordena que “los anuncios publicitarios o de propaganda podrán ser difundidos hasta por un periodo máximo de seis meses a partir de la primera comunicación.

“Concluido dicho plazo, su comunicación deberá retribuirse, por cada periodo adicional! de seis meses, aun cuando sólo se efectúe en fracciones de ese periodo, al menos con una cantidad igual a la contratada originalmente.

“Después de transcurrido un año desde la primera comunicación, los autores y titulares de los derechos conexos deberán autorizar cualquier uso de los anuncios publicitarios o de propaganda y se actualizará el valor de la contraprestación, de conformidad con los indicadores de inflación y valores actuales del mercado al momento efectivo de la difusión de periodos adicionales.

“En los contratos en los que se establezca una exclusividad o cláusula de no competencia, la misma no podrá ser mayor al término de vigencia del contrato”, dispone.

Ambas piezas legislativas se turnaron al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.