¿Qué vehículos no deben circular hoy miércoles?
El programa aplica para todos los vehículos con engomado rojo, terminación de placas 3 y 4, incluye a todos los hologramas es decir 00, 0, 1 y 2

CIUDAD DE MÉXICO
El programa Hoy No Circula Obligatorio implementado la semana pasada debido a la Fase 3 por contagios del coronavirus Covid-19 aplica este miércoles para los vehículos con engomado rojo, terminación de placas 3 y 4, e incluye a todos los hologramas es decir 00, 0, 1 y 2.
De acuerdo con el programa, la restricción vehicular está vigente desde las 5:00 horas y concluye a las 22:00 horas en la Ciudad de México y Estado de México.
En esta fase del programa obligatorio tampoco podrán circular los vehículos eléctricos e híbridos.
El fin de semana no hay modificaciones de decir, en el caso de los automóviles que tengan holograma 1, su restricción será con el siguiente esquema: el primer y tercer sábado del mes, no transitan los que tengan placa con terminación impar.
El segundo y cuarto sábado no circulan los que tengan placas con terminación par, mientras que los automóviles con holograma 2 no circulan ningún sábado.
En este programa especial solo hay algunas EXCEPCIONES MUY CLARAS que tienen que ver con trabajadores esenciales en trabajos operativos.
Entre ellos:
- Taxis
- Personas que trabajan en hospitales (deben portar un oficio de su centro laboral con el que se identifiquen como trabajadores esenciales en trabajos operativos). En este caso de los servicios médicos pueden portar en la ventana del coche una identificación del hospital firmada y sellada por el mismo nosocomio o el símbolo de médicos (de la Cruz Roja) que igual debe ir firmado y sellado, esto para que no sean detenidos constantemente y así lleguen temprano a su destino.
- Trabajadores de supermercados (solo los que se consideren trabajos operativos esenciales, lo mismo deben tener un oficio de su empresa sellado y firmado en el que especifique que lleva a cabo un trabajo esencial).
- Conductores de autos de servicios de emergencia.
- Servicios funerarios.
- Servicios de seguridad ciudadana.
- Servicios de limpieza.
- Servicios de agua potable.
- Taxis concesionados.
- Transporte de carga (incluyendo de abastos, alimentos y medicamentos).
- Personas con discapacidad y/o en emergencias médicas.
- Todas las motocicletas.
Y en general todas las personas que son trabajadores esenciales en trabajos operativos, pero que cuenten con un oficio firmado y sellado por su empresa en el que se especifique esto.
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